REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
En horas de despacho del día de hoy, martes, quince (15) de Julio del año dos mil veinticinco (2025); siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am), día fijado por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÁTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto Con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesta por la ciudadana MIREYA CUSTODIA ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.957.272; por ante el Tribunal Móvil de la Parroquia La Mesa Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistida por la Abg. MARIA PAOLA DUGARTE PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.997.796, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.091, y jurídicamente hábil, en su condición de DEFENSORA PUBLICA PRIMERA CON COMPETENCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en contra del ciudadano JOSE ORESTE PERRONI FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.693.348, teléfono: 0424-9342124, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3498. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la Audiencia Telemática a través de una video llamada al número: 0424-9342124, aportado por la parte Demandante plenamente identificada, como número telefónico del demandado. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada, contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como “JOSE ORESTE PERRONI FLORES, titular de la cédula de identidad N° V-4.693.348, procediendo el Juez a imponerlo del motivo de la llamada y solicitó al mencionado ciudadano, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente, le pregunto si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara la ciudadana MIREYA CUSTODIA ROJAS ROJAS, y en voz clara señaló: “expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra, me doy por citado ya que me quiero divorciar, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria certifica la identidad del ciudadano JOSE ORESTE PERRONI FLORES, verificándose que su número de cédula es el siguiente V-4.693.348. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente Acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 am) aproximadamente, el Juez declara por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman el Tribunal debidamente constituido.-------------
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
PARTE DEMANDANTE ABOGADA ASISTENTE
MIREYA CUSTODIA ROJAS ROJAS ABG. MARIA PAOLA DUGARTE
EL ALGUACIL
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q
LA SECRETARIA,
ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
Exp. 3498
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