TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CÉSAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.

215º Y 166º

SOLICITUD N° 040-2025

SOLICITANTE: LUIS ENRIQUE CHOGO LOZANO, venezolano, hábil, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-23.224.014, domiciliado en el Sector Francisco de Miranda, Calle 01, Parroquia Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, asistido en este acto por la Ciudadana Abogada SUGEY ANNERIS CONTRERAS PIANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad N°V-14.656.179, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°256.516, con domicilio procesal en el Edificio Lucia, planta baja, oficina 01, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-4246827, correo: consugey@gmail.com……

MOTIVO: DECLARACIÓN DE TÍTULO SUPLETORIO

CAPÍTULO I

DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LUIS ENRIQUE CHOGO LOZANO, venezolano, hábil, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-23.224.014, domiciliado en el Sector Francisco de Miranda, Calle 01, Parroquia Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, asistido en este acto por la Ciudadana Abogada SUGEY ANNERIS CONTRERAS PIANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad N°V-14.656.179, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°256.516, con domicilio procesal en el Edificio Lucia, planta baja, oficina 01, Nueva Bolivia, Municipio Tulio
Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-4246827, correo: consugey@gmail.com.……………….......................................................................
Correspondiéndole conocer a este Tribunal previo distribución de fecha 22 de Mayo de 2025, mediante la cual solicita se le declare TÍTULO SUPLETORIO DE POSEEDOR, sobre Inmueble, tipo V-5, la cual ha fabricado a sus solas y únicas expensas, y ha venido ocupando por más de Tres (3) años, con una posición pacifica ininterrumpida y notoria, en una parcela de terreno baldío. Dicha parcela consta con un Área de terreno de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (1.555,85MTS2) y un área de construcción de TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (34,67MTS2) dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con el ciudadano José Maldonado; SUR: Ciudadano Daniel Pérez y Trina Balza; ESTE: Ciudadanos Yonjairo Contreras y Yanet Urdaneta; OESTE: Calle 1 Francisco de Miranda. Según consta en el levantamiento y plano Catastral otorgado por la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida………………………………………………………………………………….
En fecha Veintisiete (27) de Mayo de 2025, se admitió la presente solicitud y se acordó fijar para el Segundo día de despacho para oír la declaración testifical a los testigos que presente la parte solicitante, a partir de las 10:00 a.m. (Folio 08)……………………………………………………………………………………………
En fecha Dos (02) de Junio de 2025, fueron presentados y rindieron declaraciones los testigos que presento la parte interesada, una vez examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de las testigos Ciudadanos YERALDIN ANDREINA QUINTERO ALARCON, y ANTONIO RANGEL ANGARITA venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 23.477.087 y V-9.390.602, respectivamente domiciliados en la Jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante, así como copia de la cedula de identidad del Ciudadano: LUIS ENRIQUE CHOGO LOZANO, (folio 02), original de la Solvencia Catastral otorgada en fecha 20 de Febrero del 2025, (folio 03) Original de Plano de Mensura otorgado en el mes de Febrero de 2.025, por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, (folio 04), por la suscrita Ingeniera Yuraska Baptista Directora de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, Original de la Autorización para Protocolizar suscrita en el mes de Febrero del 2.025 otorgado por la Dirección de Sindicatura del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano Mérida, Suscrita por la Abogada Marisol Hernández Hernández e Ingeniera Yuraska Baptista (folio 05) ……………………
Por tal razón este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION, a favor del ciudadano: LUIS ENRIQUE CHOGO LOZANO, ya antes identificado, y se ordena la entrega de las actuaciones originales realizadas en este Tribunal en la presente solicitud N° 040-2025 a la parte solicitante, por tratarse como ya ha quedado previamente determinado de ser una solicitud no contenciosa, dejándose COPIA CERTIFICADA LEGIBLE para lo cual se autoriza al Alguacil Titular, para su archivo en este Tribunal. ASÍ SE DECIDE………………………………………………

PUBLÍQUESE, CÓPIESE Y REGÍSTRESE.
DADO FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CÉSAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. A los Cinco (05) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticinco (2025). Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.

ABG.NELSON E. MORENO A.
JUEZ PROVISORIO

ABG.ANYELA M. VALERO S.
SECRETARIA TITULAR




En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previa el pregón de ley, siendo Las Diez de la mañana.

CONSTE;

LA SRIA T.