REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
En el día de hoy, miércoles, cuatro (04) de junio de dos mil veinticinco (2025), siendo las diez de la mañana (10:00 am), previa habilitación y traslado de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, para que tenga lugar la AUDIENCIA TELEMÁTICA, oportunidad fijada por este Tribunal en fecha dos (02) de junio de dos mil veinticinco (2025), folio 15, en el expediente civil signado bajo el N° 9139, cuya caratula entre otras especificaciones dice: DEMANDANTE (S):RAMÍREZ DE TORRES ANA MARÍA, a través de su Apoderada Judicial. DEMANDADO (S): TORRES CALDERÓN JOSÉ GREGORIO.- MOTIVO: DIVORCIO 185 CON SENTENCIA VINCULANTE N° 1070.- Se encuentran presentes en este acto los Abogados JORGE GREGORIO SALCEDO VIELMA y ARMANDO JOSÉ PEÑA, Juez y Secretario de este Tribunal, el Alguacil DIONNY SUÁREZ, igualmente la Asistente del Tribunal YURAIMA ZAMBRANO. Se encuentra presente la ciudadana abogada en ejercicio SANDRA MARINA CUELLAR MANOUKIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V- 6.346.050 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.741 de este domicilio y jurídicamente hábil, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadana ANA MARÍA RAMÍREZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 12.352.124 de este domicilio y civilmente hábil. Previo pregón de Ley del Alguacil de este Tribunal da inicio a la AUDIENCIA TELEMÁTICA. Este Tribunal deja constancia que la presente AUDIENCIA TELEMÁTICA se llevó a cabo a las diez de la mañana (10: 00 a.m.) en el despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, por motivo que la Sala Telemática se encontraba ocupada, dicha Audiencia Telemática se realizó desde el dispositivo: “Nombre del dispositivo: REDMI 10C, Modelo: REDMI, Número telefónico 04247358424 al número telefónico: 001-786531-0150. El Juez de este Tribunal ordena al Secretario indique el motivo del presente acto. Para que ratifique Poder Apud Acta otorgado en fecha veinticinco (25) de mayo de 2025, consignado por la abogada en ejercicio SANDRA MARINA CUELLAR MANOUKIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V- 6.346.050 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.741 de este domicilio y jurídicamente hábil. Se hizo presente vía WHATSAPP, la ciudadana ANA MARÍA RAMÍREZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 12.352.124 domiciliada en 221 South Stewart Street Quincy Florida, 32351, Estados Unidos de Norteamérica (USA), número telefónico: 001-786531-0150, correo electrónico: kittyramirez026@icloud.com y civilmente hábil, quien presentó en pantalla su cédula de identidad, siendo debidamente identificada por el Alguacil de este Tribunal ciudadano DIONNY SUÁREZ. Este Tribunal deja constancia que el Alguacil identificó al ciudadano la ciudadana ANA MARÍA RAMÍREZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 12.352.124 domiciliada en 221 South Stewart Street Quincy Florida, 32351, Estados Unidos de Norteamérica (USA), quien manifestó haber recibido el correo enviado por este tribunal y estar de acuerdo en ratificar Poder Apud Acta a la abogada en ejercicio SANDRA MARINA CUELLAR MANOUKIAN, anteriormente identificada, el juez da un lapso de seis días para que envié al correo electrónico llevado por este tribunal el Poder digitalizado y firmado con fecha de la celebración de la Audiencia. Este Tribunal deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales. Igualmente este Tribunal deja constancia que no se cobró ninguna expensa o arancel judicial dada la gratuidad de la justicia. El Tribunal regresa a su sede original siendo las DIEZ Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (10:45 A.M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
JORGE GREGORIO SALCEDO VIELMA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
ABG. SANDRA MARINA CUELLAR MANOUKIAN,
PARTE DEMANDANTE
ANA MARÍA RAMÍREZ DE TORRES,
No firma por cuanto se encuentra presente vía telemática
LA ASISTENTE DEL TRIBUNAL
YURAIMA ZAMBRANO
EL ALGUACIL
DIONNY SUÁREZ
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA