TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CÉSAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
214º Y 165º
SOLICITUD: N° 021-2025.
SOLICITANTE: MARIA CECILIA LAZARO DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nro. V-22.664.321, domiciliada en Nueva Bolivia, sector Pueblo Nuevo II, Parroquia Nueva Bolivia del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio LEANDRO FERNANDEZ ABREU, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.394.526, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado IPSA, Bajo el Nro.-35.232,correo: lfernandezabreu09@gmail.com, teléfono:0424-7291107 y jurídicamente hábil…………………………………………………………………………………
MOTIVO: DECLARACION DE TITULO SUPLETORIO.
CAPITULO I
NARRATIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA CECILIA LAZARO DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nro. V-22.664.321, domiciliada en Nueva Bolivia, sector Pueblo Nuevo II, Parroquia Nueva Bolivia del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio LEANDRO FERNANDEZ ABREU, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.394.526, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado IPSA, Bajo el Nro.-35.232,correo: lfernandezabreu09@gmail.com, teléfono:0424-7291107 y jurídicamente hábil……………
Correspondiéndole conocer a este tribunal previo distribución de fecha 11 de Marzo de 2025, mediante la cual solicita se le declare TÍTULO SUFICIENTE SUPLETORIO DE POSEEDORA Y OCUPANTE DE MEJORAS, que han fomentado a sus propias y únicas
expensas con trabajo personal y con dinero de su propio peculio, unas mejoras y bienhechurías, consistente en una casa , construidas con paredes de bloques, techo de acerolit, pisos de cemento pulidos, constante de Tres (03) habitaciones, salas, cocina, comedor, un (01) baño, un (01) garaje, con sus instalaciones para agua potable y aguas servidas, con un área de terreno total de Doscientos Treinta y Cuatro Metros Cuadrados con Sesenta y Un Centímetros (234,61Mts2), y un área de construcción de Noventa y Dos Metros con Cincuenta y Nueve Centímetros (92,59mts2),radicadas en terrenos baldío según Plano de mensura elaborado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía de Nueva Bolivia del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con calle; SUR: Con Laura Ramírez; ESTE: Con avenida 3; OESTE: Con Blanca Jerez, ubicada en Pueblo Nuevo II, Parroquia Nueva Bolivia del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, en las cuales invertí la cantidad de TRESCIENTO MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) en materiales de construcción y mano de obra.Las cuales han venido ocupando de forma Pública, Pacífica, Continua, Legitima, desde hace siete (07 ) años, todo de conformidad con el artículo 772 del Código Civil Venezolano…..
En fecha Catorce (14) de Marzo de 2025, se admitió la presente solicitud y se acordó fijar para el tercer día de Despacho para oír la declaración testifical de los testigos que presente la parte solicitante, a partir de las 10:00 a.m (Folio 08) ……………………………
En fecha Diecinueve (19) de Marzo de 2025, fueron presentados y rindieron declaraciones las testigos que presentó la parte interesada, una vez examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de las testigos las ciudadanas: ESQUEL MILEXY RANGEL SULBARAN y MARIELA COROMOTO MENDEZ ANDARA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 13.451.962 y N° V- 15.591.824 domiciliadas en la Jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones, (folios desde el 09 hasta 12), se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante, así como copia de la cedulas de identidad de la ciudadana: María Cecilia Lázaro Duran (folios 02); Original de la solvencia Catastral otorgada en fecha 05 de Febrero del 2025, (folio 03), Original del certificado del Plano de Mensura Catastral del mes de febrero 2025,(Folio 04), otorgados por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida. Por la suscrita Ingeniera Yuraska Baptista , Directora de la Dirección de Catastro de La Alcaldía del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida. Original de la Autorización para Tramitar Titulo Supletorio correspondiente al mes de Marzo del 2025, otorgado por la Dirección de Sindicatura del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida (folio 05). Suscrita por la abogada Marisol Hernández Hernández y la Ingeniera Yuraska Baptista , Directora de la Dirección de Catastro. Original del Aval del Consejo Comunal “PUEBLO NUEVO II”, de fecha 07 de Febrero del 2025, Parroquia Nueva Bolivia Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida. (Folio 06)………………………………………….
Por tal razón este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la Mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN, a favor de la Ciudadana: MARIA CECILIA LAZARO DURAN ya antes identificada, y se ordena la entrega de las actuaciones originales realizadas en este Tribunal de la Presente Solicitud N°021-2025 a la parte Solicitante, por tratarse como ya ha quedado previamente determinado de ser una solicitud no contenciosa, dejándose COPIA CERTIFICADA LEGIBLE para lo cual se autoriza al Alguacil Titular, para su archivo en este Tribunal. ASI SE DECIDE……………………………………………………………………
PUBLICASE, COPIESE Y REGISTRESE.
DADO FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIOS Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, A los Veinte y Cuatro (24) días del mes de Marzo del año Dos Mil Veinte y Cinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
ABG. NELSON MORENO
JUEZ PROVISORIO
ABG. ANYELA M. VALERO S.
SECRETARIA TITULAR
En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia previa el pregón de ley, siendo las Diez de la Mañana.
CONSTE;
LA SRIA T.
|