REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, veintiséis (26) de mayo del año dos mil veinticinco (2025).-
215° y 166°
Vista las pruebas promovidasen la presente causa, por el abogado en ejercicio NESTOR JOSÉ SAMBRANO LINARES, obrando con el carácter expresado en autos, mediante diligencia de fecha 21 de mayo del año en curso obrante al folio 53 del presente expediente. En cuanto a lasPRUEBAS DOCUMENTALES PRIMERO,SEGUNDO,TERCERO, CUARTO Y QUINTO,se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.En cuanto a la PRUEBASRATIFICACIÓN DE DOCUMENTOS 3, 4 y 5, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho por considerarla que es legal y pertinente salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia,en consecuencia, procédase a su evacuación, se fija el TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sea presentado por la parte promovente el ciudadano: ITALO CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº V-11.951.577, para que ratifique el contenido y firma de los documentos presentados, para que comparezca a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.)para la ratificación de documento 1,DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.)para la ratificación de documento 2 y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.) para la ratificación de documento 3 procédase a su evacuación.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CÁRDENAS.
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