REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 27 de mayo de 2025.
215º y 166º
Vista las pruebas promovidas en la presente causa, por los abogados en ejercicio ELEAZAR LEÓN MORIN AGUILERA, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada en el presente juicio, mediante escrito de fecha 30 de abril de 2025, obrante a los folios 42 y 43 del expediente. En cuanto a la prueba CAPITULO I. PRUEBA DE INFORMES, Se INADMITE la misma en virtud que el solicitante no fue claro y preciso sobre la información que ha de solicitarse, ni explicó el objeto de la prueba a evacuar; En cuanto a la prueba CAPITULO II. SOLICITUD INSPECCIÓN JUDICIAL;se fija el QUINTO DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, a fin de que este Tribunal se traslade y constituya en la siguiente dirección: Residencias “MON” Torres H1 y H2, avenida principal de la Urbanización Las Marías, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y deje constancia de los particulares que tenga a bien hacer la parte promovente, a tal efecto se habilita el Tribunal por todo el tiempo que sea necesario, a partir de las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.);En cuanto a la prueba CAPITULO III. PRUEBAS TESTIMONIALES se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es manifiestamente legal, en consecuencia, procédase a su evacuación y se fija el TERCER DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sea presentado por la parte promovente al testigos:ARGENIS PEÑA DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-14.700.025, respectivamente, hábiles, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.); para que se someta al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada.Así se establece.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LASECRETARIA TITULAR,
ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CÁRDENAS.
CACG/GAPC/gvpf.-