REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control N° 01 del Estado Mérida
Mérida, 07 de mayo de 2025
215° y 166°
ASUNTO PRINCIPAL: LP01P2019002667
AUTO DE SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES
Revisadas las actuaciones, para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado RONALD ANTONIO CACERES HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad 19.997.729 (plenamente identificado en autos), por habérsele otorgado la medida alternativa de Suspensión Condicional del Proceso, pasa este Juzgado a pronunciarse al respecto, para lo cual, hace las consideraciones que a continuación se expresan:
PRIMERO:
En fecha 11/04/2023, este Juzgado concedió al imputado antes mencionado, la medida alternativa de suspensión condicional del proceso por el lapso de TRES (03) MESES, para el cumplimiento de las condiciones impuestas, las cuales constan de: 1) Un donativo, para lo cual deberá dirigirse a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los efectos que indique en qué consistirá la labor social. Se hace la advertencia que en caso de no cumplir las condiciones injustificadamente, este Tribunal procederá a escucharlo e imponer la pena correspondiente.
SEGUNDO:
Ha constatado el Tribunal a través del sistema independencia y mediante informes insertos a los folio 59 al 62 de las actuaciones, y verificado el total cumplimiento de las condiciones predichas, aunado a que no consta en las actuaciones que el mismo haya estado incurso en otros hechos similares, de modo, que resulta dable, en el caso bajo examen, declarar la extinción de la acción penal con base a lo indicado en el artículo 49.7 Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se declara el sobreseimiento de la causa respecto de los imputados antes identificados, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.
DECISIÓN
EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento a favor del ciudadano RONALD ANTONIO CACERES HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad 19.997.729 (plenamente identificados en autos), por la presunta comisión del delito USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Control de Armas y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento, respecto de los imputados ya identificado, en consecuencia, cesa cualquier medida cautelar impuesta en la presente causa. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 46, 49.7 y 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01
ABG. MARY YESENYA VERGARA RODRIGUEZ
SECRETARIA:
ABG. _____________________
En fecha ________________se libraron boletas ____________________________sria.