REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 17 de Noviembre del año 2025.

215º y 166º

Vista las pruebas promovidas en la presente causa, por la ciudadana CARMEN DE LAS NIEVES CASTILLA GARCÍA, parte demandada en la presente causa, debidamente asistida por la abogado en ejercicio MARÍA ALEJANDRA MÉNDEZ DE MEYNARDIEZ, mediante escrito de fecha 28 de octubre del año 2025, obrante a los folios 93 al 95 y vueltos del expediente. En cuanto a las PRUEBAS DOCUMENTALES 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto a laPRUEBA DE INFORMES,se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es legal y pertinente, en consecuencia, procédase a su evacuación y se acuerda oficiar al Gerente Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) ubicado en el Centro Comercial El Ramiral, calle 26, Mérida Estado Mérida. En cuanto a la PRUEBA DE TESTIGOS, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es manifiestamente legal, en consecuencia, procédase a su evacuación y se fija el TERCER DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sea presentada por la parte promovente la testigo:LUZ MILENA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NroV-17.392.429,hábil, a las DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30 A.M.) para que se someta al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada.Así se establece.

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. JENNY LINDSAY PÉREZ ROSALES.

En la misma fecha se ofició: al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) con sede en la ciudad de Mérida, bajo el Nro. 432-2025. Conste,

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. JENNY LINDSAY PÉREZ ROSALES
CACG/JLPR/ang.


JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 17 de noviembre del 2025. Certifíquese por secretaría para su archivo, copia de la decisión dictada en esta misma fecha en el expediente 29.983: JOSÉ OSWALDO RONDÓN RANGEL contra CARMEN DE LAS NIEVES CASTILLA GARCÍA. MOTIVO DEL JUICIO: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE EMPRESA. FECHA DE ENTRADA: 18 de noviembre del año 2024, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 112 ejusdem. Según las “Normas de adecuación administrativa y tecnológicas que regulan los copiadores de sentencia, y los libros de registros que lleven los tribunales de los circuitos en las sedes judiciales y de las copias certificadas que estos expidan”, publicada en la Resolución número 2016-0021, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 14 de diciembre de 2016, dicha copia constará en formato digital.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. JENNY L. PEREZ ROSALES.

CACG/JLPR/ang.
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