REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
El Vigía, seis (06) de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166 º

ASUNTO: LP51-J-2025-000370

SOLICITANTE AIDA ROSA PEREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.283.508, Pasaporte N° 183220017.

ABOGADA ASISTENTE: MONICA DEL VALLE PEREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.221.416, Inpreabogado N° 175.100.

ADOLESCENTES: (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 32.368.012, pasaporte N° 183222381, nacida en fecha 24/11/2007; de diecisiete (17) años de edad y (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-36.102.993, Pasaporte N° 183222527, nacido en fecha 19-03-2013, de doce (12) años de edad.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA)

NARRATIVA

Se recibió solicitud el día nueve (09) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; presentada por la ciudadana: AIDA ROSA PEREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.283.508, Pasaporte N° 183220017, debidamente asistida por la Abogada MONICA DEL VALLE PEREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.221.416, Inpreabogado N° 175.100. Se le asignó al Expediente el número de orden LP51-J-2025-000370; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (España). Se admitió el día 13-10-2025, se ordenó librar Boleta de notificación al ciudadano: CARLOS JOSE BARRIOS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.235.246, residenciado en Chile y la Fiscal Undécima del Ministerio Publico; libradas las boletas de notificación y consignadas en autos, el Secretario la certifico y se fijó audiencia para el día 29/10/2025 a las 02:00 p.m.-

Se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal, compareciendo la ciudadana AIDA ROSA PEREZ GONZALEZ, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.283.508, debidamente asistida por la Abogada MONICA DEL VALLE PEREZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V-11.221.416 e Inpreabogado N°175.100; en su carácter de progenitora de los adolescentes: (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), nacida en fecha 24-11-2007; de diecisiete (17) años de edad y: (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), nacido en fecha 19-03-2013, de doce (12) años de edad. cuyo progenitor es el ciudadano: CARLOS JOSE BARRIOS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.235.246, teléfono +56 9 49382873, correo electrónico carlosbarrios68@gmail.com, domiciliado en Chile, En compañía de la ciudadana CLAUDIA PATRICIA PEREZ DE PEREZ, titular de la cédula de identidad N V-11.217.246; la cual ha sido propuesta en la presente audiencia, la cual es vecina y amiga de los progenitores, . Se da inicio a la audiencia y se le otorga el derecho de palabra a la ciudadana AIDA ROSA PEREZ GONZALEZ, quien manifestó: “voy a viajar con mis dos hijos a España de vacaciones”. Inmediatamente se procedió juramentar a la testigo ciudadana CLAUDIA PATRICIA PEREZ DE PEREZ, ya identificada, y una vez juramentada, se procedió a realizar video llamada desde el número +584267866541 al número +56949382873, al progenitor ciudadano CARLOS JOSE BARRIOS CAMACHO, quien fue reconocido por la testigo, la cual manifestó: “si tengo conocimiento y estoy de acuerdo, doy mi autorización para que mis hijos viajan para España en compañía de su madre”.---------------

PARTE MOTIVA

Consignando como medios de prueba:
1.-Copia Certificada del acta de Nacimiento de los adolescentes.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte de los adolescentes.
3.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la solicitante, adolescentes, progenitor y testigo.
4.- Itinerario de Viaje.
PARTE DISPOSITIVA

Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por los solicitantes, aunado a lo señalado por los progenitores, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues se le está garantizando derechos establecidos, tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y al libre desarrollo de la personalidad, derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 4, 8, 28 y 39, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA) a los adolescentes: (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 32.368.012, pasaporte N° 183222381, nacida en fecha 24/11/2007; de diecisiete (17) años de edad y (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-36.102.993, Pasaporte N° 183222527, nacido en fecha 19-03-2013, de doce (12) años de edad, quienes viajaran en compañía de su progenitora la ciudadana AIDA ROSA PEREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.283.508, Pasaporte N° 183220017. El itinerario de viaje es el siguiente: Con salida el día lunes 10/11/2025, desde la ciudad de El Vigía a Santa Bárbara, estado Zulia, para viajar vía área desde el aeropuerto Relámpago del Catatumbo, con la aerolínea LASER AIRLINES, llegando al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado La Guaira, y luego el día miércoles 12/11/2025, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado La Guaira, Venezuela, hasta el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas ubicado en Madrid- España, con la aerolínea Laser Airlines, en el vuelo N° QL2920. Retornando a Venezuela el día 22/11/2025, con la aerolínea AIR EUROPA, en el vuelo UX0071 desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid España hasta el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado La Guaira, y de allí nos trasladaremos vía terrestre, a la ciudad de El Vigía, Estado Bolivariano de Mérida. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día MARTES, NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE 2025. CÚMPLASE.-

CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.-

LA JUEZA PROVISORIA


ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. MARFER VENEGAS OVALLES


Exp.LP51-J-2025-000370
AMMJ/Csvm