REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOSALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOSDE LORA Y CARACCIOLOPARRA Y OLMEDODE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.
SOLICITUD Nº 881-25.
PARTES SOLICITANTES: RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No.7.781.406, y domiciliado en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, venezolana, casada, mayor de edad, titular de las cedulas de Identidad No. 7.900.328, domiciliada en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
.ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: FATIL DEL ROSARIO ELIAS VILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.12.727.916, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 84.475, con domicilio procesal en la Avenida Bolívar, frente al hospital II, del Vigía, Edificio Nro. 18-16, al lado de Farmacia San Luis, en El Vigía Estado Mérida.
MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE BIENES
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.-
I
SINTESIS DEL PROCESO
Conoce este Tribunal de la presente causa, previa su Distribución por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, mediante escrito presentado por los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, venezolano, mayor de edad, casado ,titular de la cédula de Identidad No.7.781.406, y domiciliado en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, venezolana, casada, mayor de edad, titular de las cedulas de Identidad No. 7.900.328, domiciliada en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, mediante el cual proceden a solicitar partición y liquidación de bienes de forma amigables.-
En fecha 13 de octubre del año 2025, este Tribunal admite la presente solicitud de partición y liquidación de bienes de forma amigable, ordenando la comparecencia de los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, para la ratificación de la presente solicitud de partición de bienes de la comunidad conyugal de forma amigable, según por el principio de inmediación.-
II
DE LOS ALEGATOS DE LAS PARTES
En el escrito libelar presentado por los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, asistido por la profesional del derecho FATIL DEL ROSARIO ELIAS VILLA, acuden a solicitar lo siguiente en los términos que transcriben a continuación:
Que la unión conyugal fue disuelta según sentencia definitivamente firme dictada por el Tribuna Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad del Vigía, en fecha 13 de junio del año 2024 y en virtud de lo expuesto es por lo que se realiza la partición de bienes de la comunidad conyugal de forma amigable.
En fecha del día 24 de octubre del año 2025 (fs. 112 al 116 y vtos), siendo las once y quince de la mañana (11: 15AM), previa comparecencia, se hicieron presente por ante este Tribunal los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, asistidos por la profesional del derecho FATIL DEL ROSARIO ELIAS VILLA, ambos plenamente identificados en las actas del proceso quienes manifestaron: “Ratificamos en todas y cada una de sus partes, el escrito de solicitud de partición y liquidación de bienes de comunidad conyugal de forma amigable, que cursa por ante este Tribunal signado con el número de solicitud 881-25”, es todo.
III
DE LOS DOCUMENTOS FUNDAMENTALES DE LA DEMANDA.
Observa este Tribunal, que para fundamentar la solicitud, las partes solicitantes consignaron copias certificadas de:
1) A los folios 06 al 10 consta agregado copia fotostática certificada de la sentencia de divorcio emitida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad del Vigía.
2) A los folios 11 al 30, consta agregada copia fotostática simple del documento de venta, pura, simple, perfecta e irrevocable de un inmueble ubicado en la avenida Tucanizon de la Urbanización Lago Sur de la ciudad de el Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos de la ciudad de El Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, la venta fue hecha por los ciudadanos ANTONIO MARIA BONILLA MATA y AROLIS MARGARITA QUILLARQUE GUZMAN a los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN.
3) A los folios 31 al 35, consta agregado documento de préstamo de interés para la adquisición de vivienda de los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN.
4) Al folio 36 consta copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A12AU7L, Serial N.I.V: 93ZS2MSH068703238, Serial Carrocería: 93ZS2MSH068703238, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 112279; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2006, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800 KGS; Servicio: PRIVADO.
5) Al folio 37 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A49AY7S, Serial N.I.V: 8XVS4WSS77V500807, Serial Carrocería: 8XVS4WSS77V500807, Serial Chasis: 8XVS4WSS77V500807, Serial Motor: 821042L4600121365; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740E42TZ, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO.
6) Al folio 38 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A12AU5L, Serial N.I.V: 8XVA1RFS07V400820, Serial Carrocería: 8XVA1RFS07V400820, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: C14500280491; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 170E22, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: PLTF/BARANDA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 2, Tara: 5080, Cap. Carga: 11920 KGS; Servicio: PRIVADO.
7) Al folio 39 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo del ciudadano RAUL ENRIQUE GACIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A80AU1P, Serial N.I.V: TM152860, Serial Carrocería: TM152860, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: N/A; TC: GAS 95/GNV; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: MEVECA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1997, Color: BLANCO, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000 KGS; Servicio: PRIVADO.
8) Al folio 40 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo del ciudadano RAUL ENRIQUE GACIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A83AF3E, Serial N.I.V: N/A, Serial Carrocería: D647, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: INTERNATIONAL, Modelo: M.D.4, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1974, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, N° Ejes: 2, Tara: 6500, Cap, Carga: 70000 KGS; Servicio: PRIVADO.
9) A los folios 41 al 47 consta agregadas copias fotostáticas simples de documento autenticado por ante la Notaria Publica de Santa Bárbara de Zulia anotado bajo el N° 36, Tomo:93 y folios del 141 al 144 de los libros de autenticación respectiva de fecha, 13 de diciembre del 2.013 mediante el cual el ciudadano CARLOS STEFANO MASCI MASCI, le vende derechos, intereses y acciones al ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, de un MONTAGARGAS de las siguientes características: Marca: TOYOTA FORK, LEFT-TRUCK; Modelo: 02-2FDC25; Serial Motor: 25190979; Serial Carrocería: 2F-DC25-10710.
10) Al folio 48 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A35AS0N, Serial N.I.V: HET20010188, Serial Carrocería: HET20010188, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABR. EXTRANJERA, Modelo: HARD, Año Fabricación: N/A, Αño Modelo: 1973, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 10000 KGS; Servicio: PRIVADO.
11) Al folio 49 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A11AS3N, Serial N.I.V: 04081671, Serial Carrocería: 04081671, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: CHAMA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 3000, Cap. Carga: 7000 KGS; Servicio: PRIVADO.
12) Al folio 50 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: 95PFAO, Serial N.I.V: 8X9SP12398S030239, Serial Carrocería: 8X9SP12398S030239, Serial Chasis: 8X9SP12398S030239, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: BATEAS JM, Modelo: BTJM3ER020, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 3, Tara: 6500, Cap. Carga: 35000KGS; Servicio: PRIVADO.
13) Al folio 51 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A40AU7T, Serial N.I.V: 8XVS4WSS18V501637, Serial Carrocería: 8XVS4WSS18V501637, Serial Chasis: 8XVS4WSS18V501637, Serial Motor: F3BE0681*5006058; TC: DISEL N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740S42TZ / STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO.
14) Al folio 52 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de Transporte San Gregorio, C. A identificado con las siguientes características: Placas: A70AU8N, Serial N.I.V: 8ATS2MSH08X060474, Serial Carrocería: 8ATS2MSH08X060474, Serial Chasis: 8ATS2MSH08X060474, Serial Motor: F3BE0681*5005208*; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T/STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800KGS; Servicio: PRIVADO.
15) Al folio 53 consta agregado copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A20AZ2H, Serial N.I.V: TL0889, Serial Carrocería: TL0889, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: SM; TC: N/A; Marca: MANAURE, Modelo: 1993, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, No Ejes: 2, Tara: 6000, Cap. Carga: 40000KGS; Servicio: PRIVADO.
16) Al folio 54 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: 611IAO, Serial N.I.V: 12426485, Serial Carrocería: 12426485, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: ROMANO, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1985, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 29000KGS; Servicio: PRIVADO.
17) Al folio 55 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A07AY7F, Serial N.I.V: 8X9TTL2Y7HS105480, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: CARROCERIA SN MARCOS, Modelo: CSMTQ2ER22.5, Año Fabricación: 2017, Año Modelo: 2017, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000KGS; Servicio: PRIVADO.
18) Al folio 56 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo de RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A92AS2A, Serial N.I.V: 8ZCNKSEN6CG312770, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 6CG312770; TC: GAS 91; Marca: CHEVROLET, Modelo: SILVERADO /4X4CS T/A, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2012, Color: AZUL, Clase: CAMIONETA, Tipo: PICK-UP, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 2, Tara: 2324, Cap. Carga: 579KGS; Servicio: PRIVADO.
19) A los folios 61 al 65 consta agregada copia fotostática simple de documento autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Valencia Estado Carabobo anotado bajo el N° 28, Tomo:64, Folios 83 al 85 de los libros de autenticación de fecha, 23 de octubre del 2.020, mediante el cual el ciudadano LUIS ALFREDO FUENMAYOR VILLARREAL, le vende al ciudadano RAUL ENRIQUE un vehículo de las siguientes características: Placas: A59AI9E, Serial Carrocería: T10058, Serial N.I.V: T10058, Serial Motor: NO PORTA; Marca: MANAURE, Modelo: 1973, Año Fabricación: 1973, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE. Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 0, Tara: 7000, Cap. Carga: 45000KGS; Servicio: PRIVADO.
20) A los folios 66 consta agregada copia fotostática simple del certificado de Registro de Vehículo del ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO identificado con las siguientes características: Placas: A31AC9O, Serial N.I.V: 8XA33ZV2589006313, Serial Carrocería: 8XA33ZV2589006313, Serial Chasis: 8XA33ZV2589006313, Serial Motor: 1GR1009658; TC: GAS 91; Marca: TOYOTA, Modelo: HILUX KAVAK D/C/GGN25L-PRASKL, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMIOΝΕΤΑ, Tipo: PICK-UP D/CABINA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 5, Nº Ejes: 2, Tara: 1800, Cap. Carga: 990KGS; Servicio: PRIVADO.
21) A los folios 67 al 73 constan agregado documento de mejoras suscrito por el ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, dichas mejoras versan sobre un (01) inmueble, consistente en una PARCELA DE TERRENO PROPIO, ubicado en la calle 4, Nº H-4, signada con el Código Catastral JAPU11874, Sector Zona Industrial, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, inscrito con el Nro. 45, folio 121, tomo 6 del protocolo de trascripción del presente año respectivamente.
22) A los folios 74 al 82 consta agregado copia fosfática simple del documento de venta mediante el cual el ciudadano MANUEL ALFREDO GONZALEZ HERNANDEZ, le vende a la Empresa Mercantil denominada TRANSPORTE SAN GREGORIO C.A, representada por su presidente el ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, un (01) inmueble, consistente en una PARCELA DE TERRENO PROPIO, el cual consta de una superficie de tres mil metros cuadrados (3000 mts 2) ubicado en la calle 4, Nº H-4, signada con el Código Catastral JAPU11874, Sector Zona Industrial, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, documento debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
23 ) A los folios 86 al 91consta agregado documento de liberación de hipoteca de un (01) inmueble, consistente en una PARCELA DE TERRENO PROPIO, el cual consta de una superficie de tres mil metros cuadrados (3000 mts 2) ubicado en la calle 4, Nº H-4, signada con el Código Catastral JAPU11874, Sector Zona Industrial, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida adquirido por la Empresa Mercantil denominada TRANSPORTE SAN GREGORIO C.A, representada por su presidente el ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO.
24) A los folios 92 al 101 consta agregado copia fotostática simple del documento constitutivo de la compañía anónima TRANSPORTE SAN GREGORIO C.A, de fecha 18 de abril del año 2005-
25) A los folios 102 al 108 consta agregada Acta de Asamblea y Junta Directiva del TRANSPORTE SAN GREGORIO C.A representada por su presidente el ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO.
IV
MOTIVACION PARA DECIDIR.
Vista la presente solicitud de partición y liquidación de bienes entre los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No.7.781.406, y domiciliado en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad No. 7.900.328, asistido por la profesional el derecho FATIL DEL ROSARIO ELIAS VILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.12.727..916, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 84.475, con domicilio procesal en la Avenida Bolívar, frente al hospital II, del Vigía, Edificio Nro. 18-16, al lado de Farmacia San Luis, en El Vigía Estado Mérida, en la que de forma amigable reparten los bienes que pertenecían a la comunidad de gananciales debido a la declaración del Divorcio de fecha 05 de junio del año 2024, de la siguiente manera:
PRIMERO: el ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, ya identificado conviene en ceder y traspasar a la ciudadana NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, (identificada en autos) los siguientes bienes, Numeral Uno: El cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que posee de un inmueble consistente en una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, signada con el número 221-A, ubicado en la avenida Tucanizon de la Urbanización Lago Sur de la ciudad de el Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos de la ciudad de El Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, la parcela tiene una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 MTS) y se encuentra comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos FRENTE: En la medida de doce metros con cincuenta centímetros (12,50Mts), con avenida Tucanizon; FONDO, En la medida de doce metros con cincuenta centímetros (12,50Mts), con inmueble N° 187-9, COSTADO DERECHO: En la medida de veinticuatro metros (24,00Mts) con inmueble 221 y COSTADO IZQUIERDO: En la medida de veinticuatro metros (24,00Mts) con inmueble Nro. 220. La casa sobre el construida consta de las siguientes dependencias: cuatro (04) dormitorios, sala, comedor, cocina, lavadero y demás adherencias, servidumbres y servicios. El determinado inmueble nos pertenece por haberlo adquirido según se evidencia en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, anotado bajo el N° 48. Protocolo Primero, Tomo Sexto, Primer Trimestre de fecha 1 de febrero de 2007. A los fines legales correspondientes se estima el valor de cesión de derechos del inmueble antes identificado en la suma de Veinticinco Mil Dolores ($25.000,00) americanos. Numeral Dos: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A12AU7L, Serial N.I.V: 93ZS2MSH068703238, Serial Carrocería: 93ZS2MSH068703238, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 112279; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2006, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 210106884246, 93ZS2MSH068703238-2-3, Nº de Autorización 016S3V111W37, de fecha, 16 de agosto del 2.021. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de QUINCE MIL DOLARES ($. 15.000,00).Numeral Tercero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A49AY7S, Serial N.I.V: 8XVS4WSS77V500807, Serial Carrocería: 8XVS4WSS77V500807, Serial Chasis: 8XVS4WSS77V500807, Serial Motor: 821042L4600121365; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740E42TZ, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DOCE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 12.500,00).Numeral Cuarto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A12AU5L, Serial N.I.V: 8XVA1RFS07V400820, Serial Carrocería: 8XVA1RFS07V400820, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: C14500280491; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 170E22, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: PLTF/BARANDA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 2, Tara: 5080, Cap. Carga: 11920 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 31893747, 8XVA1RFS07V400820-1-3, Nº de Autorización 306FXV141518, de fecha, 1 de julio del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DIEZ MIL DOLARES ($. 10.000,00).Numeral Quinto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A80AU1P, Serial N.I.V: TM152860, Serial Carrocería: TM152860, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: N/A; TC: GAS 95/GNV; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: MEVECA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1997, Color: BLANCO, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 170104240914, TM152860-4-1, N° de Autorización 0116MN777W81, de fecha, 13 de julio del 2,017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00). Numeral Sexto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A83AF3E, Serial N.I.V: N/A, Serial Carrocería: D647, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: INTERNATIONAL, Modelo: M.D.4, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1974, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, N° Ejes: 2, Tara: 6500, Cap, Carga: 70000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 28161547, D647-2-2, Nº de Autorización 1116N708801, de fecha, 16 de marzo del 2.010. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA DOLARES ($. 3.750,00).Numeral Séptimo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un MONTAGARGAS de las siguientes características: Marca: TOYOTA FORK, LEFT-TRUCK; Modelo: 02-2FDC25; Serial Motor: 25190979; Serial Carrocería: 2F-DC25-10710. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia documento autenticado por ante la Notaria Publica de Santa Bárbara de Zulia anotado bajo el N° 36, Tomo:93 y folios del 141 al 144 de los libros de autenticación respectiva de fecha, 13 de diciembre del 2.013. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES ($. 6.000,00). Numeral Octavo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de una BATEA PEQUEÑA de las siguientes características: siguientes características: Placas: A35AS0N, Serial N.I.V: HET20010188, Serial Carrocería: HET20010188, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABR. EXTRANJERA, Modelo: HARD, Año Fabricación: N/A, Αño Modelo: 1973, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 10000 KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 32057134, HET20010188-2-2, Nº de Autorización 7261EX142622, de fecha, 24 de OCTUBRE del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES ($. 6.000,00). SEGUNDA: La ciudadana: NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, ya identificada conviene en ceder y traspasar al ciudadano, RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, ya identificado los siguientes bienes: Numeral Primero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A11AS3N, Serial N.I.V: 04081671, Serial Carrocería: 04081671, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: CHAMA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 3000, Cap. Carga: 7000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 32741100, 04081671-2-2, Nº de Autorización 12174N74213Z, de fecha, 28 de agosto del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de CINCO MIL DOLARES ($. 5.000,00). Numeral Segundo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: 95PFAO, Serial N.I.V: 8X9SP12398S030239, Serial Carrocería: 8X9SP12398S030239, Serial Chasis: 8X9SP12398S030239, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: BATEAS JM, Modelo: BTJM3ER020, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 3, Tara: 6500, Cap. Carga: 35000KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 170104240309, 8X9SP12398S030239-3-1, N° de Autorización 0162XJ177W99, de fecha, 13 de JULIO del 2.017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,0%).Numeral Tercero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A40AU7T, Serial N.I.V: 8XVS4WSS18V501637, Serial Carrocería: 8XVS4WSS18V501637, Serial Chasis: 8XVS4WSS18V501637, Serial Motor: F3BE0681*5006058; TC: DISEL N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740S42TZ / STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 240109320808, 8XVS4WSS18V501637-3-3, N° de Autorización 006SXV1445X2, de fecha, 9 de OCTUBRE del 2.024. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 170104240838, 8XV54WSS18V501637-3-1, Nº de Autorización 0165XV177WX1, de fecha, 13 de JULIO del 2.017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DIECISITE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 17.500,00).Numeral Cuatro: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A70AU8N, Serial N.I.V: 8ATS2MSH08X060474, Serial Carrocería: 8ATS2MSH08X060474, Serial Chasis: 8ATS2MSH08X060474, Serial Motor: F3BE0681*5005208*; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T/STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 140100379185, 8ATS2MSH08X060474-5-2, Nº de Autorización 006SAV144451, de fecha, 7 de MAYO del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Cinco: |El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A20AZ2H, Serial N.I.V: TL0889, Serial Carrocería: TL0889, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: SM; TC: N/A; Marca: MANAURE, Modelo: 1993, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, No Ejes: 2, Tara: 6000, Cap. Carga: 40000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 200106319035, TL0889-2-1, Nº de Autorización 011LR700707, de fecha, 11 de SEPTIEMBRE del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Sexto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: 611IAO, Serial N.I.V: 12426485, Serial Carrocería: 12426485, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: ROMANO, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1985, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 29000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 200106314035, 12426485-2-1, Nº de Autorización 00182N700757, de fecha, 9 de SEPTIEMBRE del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes Identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Séptimo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A07AY7F, Serial N.I.V: 8X9TTL2Y7HS105480, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: CARROCERIA SN MARCOS, Modelo: CSMTQ2ER22.5, Año Fabricación: 2017, Año Modelo: 2017, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nospertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 210106579061, 8X9TTL2Y7HS105480-2-1, Nº de Autorización 0212XJ711W62, de fecha, 25 de FEBRERO del 2.021. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES (5. 7.500,00).Numeral Ocho: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A92AS2A, Serial N.I.V: 8ZCNKSEN6CG312770, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 6CG312770; TC: GAS 91; Marca: CHEVROLET, Modelo: SILVERADO /4X4CS T/A, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2012, Color: AZUL, Clase: CAMIONETA, Tipo: PICK-UP, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 2, Tara: 2324, Cap. Carga: 579KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 190105862685, 8ZCNKSEN6CG312770-4-1, Nº de Autorización 021EZG7996X6, de fecha, 23 de OCTUBRE del 2.019. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES (S. 6.000,00).Numeral Nueve: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A59AI9E, Serial Carrocería: T10058, Serial N.I.V: T10058, Serial Motor: NO PORTA; Marca: MANAURE, Modelo: 1973, Año Fabricación: 1973, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE. Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 0, Tara: 7000, Cap. Carga: 45000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia documento autenticado por ante la Notaria Publica ante la Notaria Publica Quinta de Valencia Estado Carabobo anotado bajo el N° 28, Tomo:64, Folios 83 al 85 de los libros de autenticación de fecha, 23 de octubre del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Diez: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A31AC9O, Serial N.I.V: 8XA33ZV2589006313, Serial Carrocería: 8XA33ZV2589006313, Serial Chasis: 8XA33ZV2589006313, Serial Motor: 1GR1009658; TC: GAS 91; Marca: TOYOTA, Modelo: HILUX KAVAK D/C/GGN25L-PRASKL, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMIOΝΕΤΑ, Tipo: PICK-UP D/CABINA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 5, Nº Ejes: 2, Tara: 1800, Cap. Carga: 990KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 240108924612, 8XA33ZV2589006313-6-1, Nº de Autorización 011VXY744859, de fecha, 13 de MARZO del 2.024. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de OCHO MIL DOLARES ($. 8.000,00). Los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, ya identificados conservan en comunidad, los derechos de propiedad que poseen, sobre los siguientes bienes y que serán repartidos en partes iguales una vez se efectué la venta de los mismos: A) un (01) inmueble, consistente en una PARCELA DE TERRENO PROPIO, ubicado en la calle 4, Nº H-4, signada con el Código Catastral JAPU11874, Sector Zona Industrial, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, dentro de las siguientes linderos y medidas por el NORTE: Colinda con la calle 4 y mide treinta metros (30Mts) de longitud; por el SUR; Colinda con parcela N° H-6 y mide treinta metros (30Mts) de longitud; por el ESTE; Colinda con parcela N° H-3 y mide cien metros (100 Mts) de longitud; por el OESTE; Colinda con parcela N° H-4 y mide cien metros (100 Mts) de longitud; y las mejoras sobre el construida las cuales se describen de la siguiente manera: 1) La construcción de un piso de cemento conun espesor de 15 cm elaborada con malla doble, para un total de 3000 mts de piso. 2) la instalación de un techado abierto con acerolit en la medida de 12X60 metros para un total de 720 Mts². 3) La construcción de una oficina con techo de platabanda, pisos de cerámicas, vigas de carga, 2ventanas panorámicas con sus protecciones de cabilla cuadrada ½, un (1) baño acondicionado con cerámicas. 4) La construcción y hechura del cercado del terreno (250 Mts) de pared perimetral con bloque de cemento, incluye vigas de cargas, columnas, vigas de riostras, todo con sus respectivas fundaciones con una altura de 3,60mts e instalación de un portón eléctrico corredizo grande de hierro que sirve de entrada al mismo, así como también una Santamaría en la parte derecha que de igual forma sirve de entrada y salida. 5) La instalación de electricidad monofásica y trifásica incluyendo tres trasformadores, así como su empotramiento, toma corrientes dobles, enchufes y bombillos, y cercado eléctrico de la totalidad del local. 6) Embaulamiento de redes de CLOACAS internas, aguas blancas y negras de todo el terreno. El referido inmueble se encuentra debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Alberto Adriani, según documentos: 1) Documento de adquisición: anotado abajo el Nº 5, Protocolo Primero, Tomo 18 de fecha20 de junio de 2007; 2) Documento de Liberación de Hipoteca: anotado abajo el N° 40, folios 157 del Tomo 3 del Protocolo de Transcripción de fecha 8 de marzo de 2013, y 3) Documento de Construcción de Bienhechuría: anotado abajo el N° 45, folios 121 del Tomo 6 del Protocolo de Transcripción de fecha 8 de abril de 2015. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de los derechos de del bien antes identificado en la suma de SEISCIENTOS MIL DOLARES ($. 600.000,0%) y B) Los derechos de propiedad sobre materiales de chatarra, inventario/ equipo de oficina, repuesto y herramientas, que se encuentran en las instalaciones del galpón antes mencionado. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de los derechos de los bienes antes identificado en la suma de DIEZ MIL DOLARES ($. 10.000,00). Ambas partes expresamente DECLARAN que, con esta Partición y adjudicación, no queda nada a deberse ni a reclamarse por concepto de liquidación de la comunidad conyugal, y que los bienes adquiridos a partir de este momento serán de la exclusiva propiedad de cada adquirente.
Este Jurisdiscente observa, que la presente partición amigable, es un contrato en que las partes, mediante reciprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual y en vista que para transigir se necesita tener capacidad para disponer de las cosas comprendidas en la transacción, como lo son para este caso copia certificada de la Sentencia de Divorcio que consta agregada al folio 06 al 10 y sus vueltos, y copia fotostáticas certificadas de cada uno de los documentos de cómo se hubo la propiedad de los bienes objeto de la presente partición que constan agregados a los folios 11 al 108 con sus respectivos vueltos.
Ahora bien, la transacción, se establece en el artículo 1.713 del Código Civil de la siguiente manera: “La transacción es un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual.”
Es un negocio jurídico sustantivo, que establece un contrato entre las partes transigentes cuyo objeto es la causa o relación sustancial (lo que se discute, el objeto de litis) sometida a beligerancia en el juicio, y que, por un acuerdo, en virtud de mutuas concesiones, desaparece por vía de consecuencia la relación procesal continente (la discusión misma).
La versión procesal de la transacción es la conciliación, la cual atiende, según su significado, al hecho de conclusión del proceso de conocimiento y la sentencia que normalmente le pone fin. Por otra parte, la transacción se refiere en su objeto a bienes patrimoniales, en tanto la conciliación alude también a todo avenimiento que ponga fin al juicio.
En la transacción judicial debe verse una implícita y doble renuncia a las pretensiones procesales: El actor desiste de su pretensión y el demandado renuncia a su derecho a obtener una sentencia. Basta que haya incertidumbre sobre la existencia de un derecho, aunque sea subjetiva, para que se produzcan concesiones recíprocas en el orden de los derechos procesales. Por eso existe transacción en el acuerdo de que el actor renuncie pura y simplemente a la pretensión y desista de la demanda, y el demandado de el consentimiento necesario para ello y prescinda de la resolución sobre las costas; o si se conviene en el desistimiento de la demanda y de la reconvención, o si el demandado reconoce plenamente la pretensión y el actor admite el pago en cuotas; o también si no exige la sentencia que se habría otorgado mediante la declaración con autoridad de cosa juzgada, con más fuerza que la transacción carente de tal efecto.
La implícita renuncia a las pretensiones procesales, se deduce del artículo 1.717 del Código Civil cuando expresa:
“Las transacciones no ponen fin sino a las diferencias que se han designado, sea que las partes hayan manifestado su intención por expresiones especiales o generales, sea que esta intención aparezca como una consecuencia necesaria de lo que haya expresado”.
La transacción no es propiamente un subrogado de la cosa juzgada, sino una doble renuncia a ella, la similitud entre ambas se da sólo en cuanto a los efectos. Empero, la incoación de nuevo juicio sobre el transigido entre las partes, da lugar a la excepción de cosa juzgada, o más propiamente dicho, la exceptio rei per transactionem finitae.
Por consiguiente, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARRACILLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA; en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Mandato de la Constitución y por Autoridad de la Ley DECLARA: Que de conformidad con los Artículos 255 y 265 del Código de Procedimiento Civil se HOMOLOGA la presente TRANSACCIÓN que obra en la presente solicitud No.881-25. SOLICITANTE (ES): RAUL ENRIQUE GARCIA MORENO Y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN. MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. TRIBUNAL: JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA FECHA DE ENTRADA: Día: 13. Mes: OCTUBRE Año: 2025. En consecuencia y vista la solicitud de las partes se adjudica conforme lo señalado por él ciudadano RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, a la ciudadana NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, (identificada en autos) los siguientes bienes, Numeral Uno: El cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que posee de un inmueble consistente en una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, signada con el número 221-A, ubicado en la avenida Tucanizon de la Urbanización Lago Sur de la ciudad de el Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos de la ciudad de El Vigía, Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, la parcela tiene una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 MTS) y se encuentra comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos FRENTE: En la medida de doce metros con cincuenta centímetros (12,50Mts), con avenida Tucanizon; FONDO, En la medida de doce metros con cincuenta centímetros (12,50Mts), con inmueble N° 187-9, COSTADO DERECHO: En la medida de veinticuatro metros (24,00Mts) con inmueble 221 y COSTADO IZQUIERDO: En la medida de veinticuatro metros (24,00Mts) con inmueble Nro. 220. La casa sobre el construida consta de las siguientes dependencias: cuatro (04) dormitorios, sala, comedor, cocina, lavadero y demás adherencias, servidumbres y servicios. El determinado inmueble nos pertenece por haberlo adquirido según se evidencia en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, anotado bajo el N° 48. Protocolo Primero, Tomo Sexto, Primer Trimestre de fecha 1 de febrero de 2007. A los fines legales correspondientes se estima el valor de cesión de derechos del inmueble antes identificado en la suma de Veinticinco Mil Dolores ($25.000,00) americanos. Numeral Dos: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A12AU7L, Serial N.I.V: 93ZS2MSH068703238, Serial Carrocería: 93ZS2MSH068703238, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 112279; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2006, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 210106884246, 93ZS2MSH068703238-2-3, Nº de Autorización 016S3V111W37, de fecha, 16 de agosto del 2.021. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de QUINCE MIL DOLARES ($. 15.000,00).Numeral Tercero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A49AY7S, Serial N.I.V: 8XVS4WSS77V500807, Serial Carrocería: 8XVS4WSS77V500807, Serial Chasis: 8XVS4WSS77V500807, Serial Motor: 821042L4600121365; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740E42TZ, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DOCE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 12.500,00).Numeral Cuarto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A12AU5L, Serial N.I.V: 8XVA1RFS07V400820, Serial Carrocería: 8XVA1RFS07V400820, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: C14500280491; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 170E22, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2007, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: PLTF/BARANDA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 2, Tara: 5080, Cap. Carga: 11920 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 31893747, 8XVA1RFS07V400820-1-3, Nº de Autorización 306FXV141518, de fecha, 1 de julio del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DIEZ MIL DOLARES ($. 10.000,00).Numeral Quinto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A80AU1P, Serial N.I.V: TM152860, Serial Carrocería: TM152860, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: N/A; TC: GAS 95/GNV; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: MEVECA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1997, Color: BLANCO, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 170104240914, TM152860-4-1, N° de Autorización 0116MN777W81, de fecha, 13 de julio del 2,017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00). Numeral Sexto:El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A83AF3E, Serial N.I.V: N/A, Serial Carrocería: D647, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: INTERNATIONAL, Modelo: M.D.4, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1974, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, N° Ejes: 2, Tara: 6500, Cap, Carga: 70000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 28161547, D647-2-2, Nº de Autorización 1116N708801, de fecha, 16 de marzo del 2.010. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA DOLARES ($. 3.750,00).Numeral Séptimo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un MONTAGARGAS de las siguientes características: Marca: TOYOTA FORK, LEFT-TRUCK; Modelo: 02-2FDC25; Serial Motor: 25190979; Serial Carrocería: 2F-DC25-10710. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia documento autenticado por ante la Notaria Publica de Santa Bárbara de Zulia anotado bajo el N° 36, Tomo:93 y folios del 141 al 144 de los libros de autenticación respectiva de fecha, 13 de diciembre del 2.013. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES ($. 6.000,00). Numeral Octavo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de una BATEA PEQUEÑA de las siguientes características: siguientes características: Placas: A35AS0N, Serial N.I.V: HET20010188, Serial Carrocería: HET20010188, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABR. EXTRANJERA, Modelo: HARD, Año Fabricación: N/A, Αño Modelo: 1973, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 10000 KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 32057134, HET20010188-2-2, Nº de Autorización 7261EX142622, de fecha, 24 de OCTUBRE del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES ($. 6.000,00). SEGUNDA: Se adjudica según lo señalado por la ciudadana: NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN al ciudadano, RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO, ya identificado los siguientes bienes: Numeral Primero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A11AS3N, Serial N.I.V: 04081671, Serial Carrocería: 04081671, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: CHAMA, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: AMARILLO, Clase: REMOLQUE, Tipo: BATEA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 3000, Cap. Carga: 7000 KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 32741100, 04081671-2-2, Nº de Autorización 12174N74213Z, de fecha, 28 de agosto del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de CINCO MIL DOLARES ($. 5.000,00). Numeral Segundo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: 95PFAO, Serial N.I.V: 8X9SP12398S030239, Serial Carrocería: 8X9SP12398S030239, Serial Chasis: 8X9SP12398S030239, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: BATEAS JM, Modelo: BTJM3ER020, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: PLATAFORMA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 3, Tara: 6500, Cap. Carga: 35000KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 170104240309, 8X9SP12398S030239-3-1, N° de Autorización 0162XJ177W99, de fecha, 13 de JULIO del 2.017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,0%).Numeral Tercero: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A40AU7T, Serial N.I.V: 8XVS4WSS18V501637, Serial Carrocería: 8XVS4WSS18V501637, Serial Chasis: 8XVS4WSS18V501637, Serial Motor: F3BE0681*5006058; TC: DISEL N/A; Marca: IVECO, Modelo: 740S42TZ / STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 2, No Ejes: 3, Tara: 8750, Cap. Carga: 43250 KGS; Servicio: PRIVADO. EI determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 240109320808, 8XVS4WSS18V501637-3-3, N° de Autorización 006SXV1445X2, de fecha, 9 de OCTUBRE del 2.024. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 170104240838, 8XV54WSS18V501637-3-1, Nº de Autorización 0165XV177WX1, de fecha, 13 de JULIO del 2.017. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de DIECISITE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 17.500,00).Numeral Cuatro: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A70AU8N, Serial N.I.V: 8ATS2MSH08X060474, Serial Carrocería: 8ATS2MSH08X060474, Serial Chasis: 8ATS2MSH08X060474, Serial Motor: F3BE0681*5005208*; TC: N/A; Marca: IVECO, Modelo: 570S42T/STRALIS, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMION, Tipo: CHUTO, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 3, Tara: 8200, Cap. Carga: 39800KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 140100379185, 8ATS2MSH08X060474-5-2, Nº de Autorización 006SAV144451, de fecha, 7 de MAYO del 2.014. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Cinco: |El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A20AZ2H, Serial N.I.V: TL0889, Serial Carrocería: TL0889, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: SM; TC: N/A; Marca: MANAURE, Modelo: 1993, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1993, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, No Ejes: 2, Tara: 6000, Cap. Carga: 40000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 200106319035, TL0889-2-1, Nº de Autorización 011LR700707, de fecha, 11 de SEPTIEMBRE del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Sexto: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: 611IAO, Serial N.I.V: 12426485, Serial Carrocería: 12426485, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: NO PORTA; TC: N/A; Marca: FABRICACION NAC, Modelo: ROMANO, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 1985, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 5000, Cap. Carga: 29000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 200106314035, 12426485-2-1, Nº de Autorización 00182N700757, de fecha, 9 de SEPTIEMBRE del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes Identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Séptimo: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A07AY7F, Serial N.I.V: 8X9TTL2Y7HS105480, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: S/M; TC: N/A; Marca: CARROCERIA SN MARCOS, Modelo: CSMTQ2ER22.5, Año Fabricación: 2017, Año Modelo: 2017, Color: NARANJA, Clase: SEMI REMOLQUE, Tipo: TANQUE, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 2, Tara: 7500, Cap. Carga: 30000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 210106579061, 8X9TTL2Y7HS105480-2-1, Nº de Autorización 0212XJ711W62, de fecha, 25 de FEBRERO del 2.021. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES (5. 7.500,00).Numeral Ocho: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A92AS2A, Serial N.I.V: 8ZCNKSEN6CG312770, Serial Carrocería: N/A, Serial Chasis: N/A, Serial Motor: 6CG312770; TC: GAS 91; Marca: CHEVROLET, Modelo: SILVERADO /4X4CS T/A, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2012, Color: AZUL, Clase: CAMIONETA, Tipo: PICK-UP, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 3, Nº Ejes: 2, Tara: 2324, Cap. Carga: 579KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre No 190105862685, 8ZCNKSEN6CG312770-4-1, Nº de Autorización 021EZG7996X6, de fecha, 23 de OCTUBRE del 2.019. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SEIS MIL DOLARES (S. 6.000,00).Numeral Nueve: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A59AI9E, Serial Carrocería: T10058, Serial N.I.V: T10058, Serial Motor: NO PORTA; Marca: MANAURE, Modelo: 1973, Año Fabricación: 1973, Color: NARANJA, Clase: REMOLQUE, Tipo: TANQUE. Uso: CARGA, Nro. Puestos: 0, Nº Ejes: 0, Tara: 7000, Cap. Carga: 45000KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia documento autenticado por ante la Notaria Publica ante la Notaria Publica Quinta de Valencia Estado Carabobo anotado bajo el N° 28, Tomo:64, Folios 83 al 85 de los libros de autenticación de fecha, 23 de octubre del 2.020. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES ($. 7.500,00).Numeral Diez: El cincuenta por ciento (50%), de los derechos de propiedad de un vehículo de las siguientes características: Placas: A31AC9O, Serial N.I.V: 8XA33ZV2589006313, Serial Carrocería: 8XA33ZV2589006313, Serial Chasis: 8XA33ZV2589006313, Serial Motor: 1GR1009658; TC: GAS 91; Marca: TOYOTA, Modelo: HILUX KAVAK D/C/GGN25L-PRASKL, Año Fabricación: N/A, Año Modelo: 2008, Color: BLANCO, Clase: CAMIOΝΕΤΑ, Tipo: PICK-UP D/CABINA, Uso: CARGA, Nro. Puestos: 5, Nº Ejes: 2, Tara: 1800, Cap. Carga: 990KGS; Servicio: PRIVADO. El determinado vehículo nos pertenece según se evidencia en Certificado de Registro de Vehículo, emitido por la República Bolivariana de Venezuela, Instituto Nacional de Transporte Terrestre Nº 240108924612, 8XA33ZV2589006313-6-1, Nº de Autorización 011VXY744859, de fecha, 13 de MARZO del 2.024. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de cesión de derechos del vehículo antes identificado en la suma de OCHO MIL DOLARES ($. 8.000,00). Los ciudadanos RAUL ENRIQUE GARCIA ROMERO y NIDIA ROSA CUELLO SULBARAN, ya identificados conservan en comunidad, los derechos de propiedad que poseen, sobre los siguientes bienes y que serán repartidos en partes iguales una vez se efectué la venta de los mismos: A) un (01) inmueble, consistente en una PARCELA DE TERRENO PROPIO, ubicado en la calle 4, Nº H-4, signada con el Código Catastral JAPU11874, Sector Zona Industrial, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, dentro de las siguientes linderos y medidas por el NORTE: Colinda con la calle 4 y mide treinta metros (30Mts) de longitud; por el SUR; Colinda con parcela N° H-6 y mide treinta metros (30Mts) de longitud; por el ESTE; Colinda con parcela N° H-3 y mide cien metros (100 Mts) de longitud; por el OESTE; Colinda con parcela N° H-4 y mide cien metros (100 Mts) de longitud; y las mejoras sobre el construida las cuales se describen de la siguiente manera: 1) La construcción de un piso de cemento común espesor de 15 cm elaborada con malla doble, para un total de 3000 mts de piso. 2) la instalación de un techado abierto con acerolit en la medida de 12X60 metros para un total de 720 Mts². 3) La construcción de una oficina con techo de platabanda, pisos de cerámicas, vigas de carga, 2ventanas panorámicas con sus protecciones de cabilla cuadrada ½, un (1) baño acondicionado con cerámicas. 4) La construcción y hechura del cercado del terreno (250 Mts) de pared perimetral con bloque de cemento, incluye vigas de cargas, columnas, vigas de riostras, todo con sus respectivas fundaciones con una altura de 3,60mts e instalación de un portón eléctrico corredizo grande de hierro que sirve de entrada al mismo, así como también una Santamaría en la parte derecha que de igual forma sirve de entrada y salida. 5) La instalación de electricidad monofásica y trifásica incluyendo tres trasformadores, así como su empotramiento, toma corrientes dobles, enchufes y bombillos, y cercado eléctrico de la totalidad del local. 6) Embaulamiento de redes de CLOACAS internas, aguas blancas y negras de todo el terreno. El referido inmueble se encuentra debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Alberto Adriani, según documentos: 1) Documento de adquisición: anotado abajo el Nº 5, Protocolo Primero, Tomo 18 de fecha20 de junio de 2007; 2) Documento de Liberación de Hipoteca: anotado abajo el N° 40, folios 157 del Tomo 3 del Protocolo de Transcripción de fecha 8 de marzo de 2013, y 3) Documento de Construcción de Bienhechuría: anotado abajo el N° 45, folios 121 del Tomo 6 del Protocolo de Transcripción de fecha 8 de abril de 2015. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de los derechos de del bien antes identificado en la suma de SEISCIENTOS MIL DOLARES ($. 600.000,0%) y B) Los derechos de propiedad sobre materiales de chatarra, inventario/ equipo de oficina, repuesto y herramientas, que se encuentran en las instalaciones del galpón antes mencionado. A los fines legales correspondientes, se estima el valor de los derechos de los bienes antes identificado en la suma de DIEZ MIL DOLARES ($. 10.000,00). Ambas partes expresamente DECLARAN que, con esta Partición y adjudicación, no queda nada a deberse ni a reclamarse por concepto de liquidación de la comunidad conyugal, y que los bienes adquiridos a partir de este momento serán de la exclusiva propiedad de cada adquirente.” Vista que la presente transacción no esta prohibida, se le da el carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y una vez que se haya verificado que han transcur rido los 5 días para ejercer el recurso de apelación y no se haya hecho uso del mismo, se acuerda el archivar del presente expediente. ASI SE ESTABLECE.-
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. El Vigía, diecisiete de noviembre del año dos mil veinticinco. Año 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZ,
MIYEISI DEL CARMEN DAVILA CASTRO
LA SECRETARIA TITULAR;
ABG. YOLIMAR ANDREA MOLINA VASQUEZ
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 2:00 de la tarde.
Srio.
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