REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 13 de noviembre de 2025. 215° y 166° Hágase cómputo por Secretaría de los días de Despacho transcurridos en el presente juicio, desde el día 3 de noviembre de 2025, exclusive, fecha en que consta de autos las resultas de la última notificación ordenada, hasta el día de hoy inclusive, a los fines de determinar si se encuentra vencido el lapso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 17 de octubre de 2025.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ
SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR D. PALENCIA C.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 13 de noviembre de 2025. 215° y 166° Visto el cómputo anterior y por cuanto del mismo se desprende que han transcurrido siete (7) días de despacho desde la fecha en que consta en autos la última notificación ordenada, encontrándose así vencido el lapso de apelación contra la sentencia dictada con fecha 17 de octubre de 2025, por el Juez Provisorio de este Tribunal, en el expediente “Nº 24559. DTE: MARIA TERESA RAMIREZ DAVILA. DDO: HECTOR JOSE RAMIREZ DAVILA Y OTROS. MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS (Cuaderno Separado de Medida Innominada N° 2)”, sin que ninguna parte hubiese hecho uso de tal recurso, el Tribunal la declara DEFINITIVAMENTE FIRME.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ
SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR D. PALENCIA C.