REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Mérida, 17 de noviembre de 2025. 215° y 166° Vista la diligencia de fecha 30 de octubre de 2024, suscrita por la ciudadana LEIDA COROMOTO VERGARA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.189.304, actuando como parte Actora, asistida por el Abogado GREGORY RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.716.291, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.827, mediante la cual ratifica en cada una de las partes la medida solicitada. En consecuencia, el Tribunal de conformidad con el artículo 601 del Código de Procedimiento Civil, abre una articulación probatoria de OCHO (8) DÍAS DE DESPACHO, contados a partir del primer día de despacho siguiente al de hoy, a los fines que el solicitante promueva las pruebas que estimen pertinentes en la presente causa. Hecho lo cual el Tribunal resolverá lo conducente. Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ PROVISORIO;
ABG. ROLANDO HERNANDEZ.-
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.-