REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, diecisiete (17) de Noviembre de dos mil veinticinco (2025).
215° y 166°
Por recibida la anterior Demanda, junto con los recaudos acompañados, correspondiente a la demanda de OFERTA REAL DE PAGO Y DEPOSITO, intentado por el ciudadano ELMER ARANGO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-24.122.925, número telefónico: 0414-5198913, correo electrónico: elmerarango1988@gmail.com, asistido por el abogado LUIS ALEJANDRO RIVAS DIAZ venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-20.848.888, inscrito en el Inpreabogado Bajo Nº 248.719, número telefónico: 0414-7341299, correo electrónico: abgluisrivas@gmail.com, con domicilio en: La Avenida Las Américas, Residencias Mamayeya, Torre B, apartamento 1B-1, del estado Bolivariano de Mérida. En contra del ciudadano SINO DAVID ALEJANDRO PULEO SOSA, titular de la Cedula de Identidad N° V-19.145.427 con domicilio en: Avenida Las Américas, C.C. plaza Las Américas, Local 18 Century 21, Municipio Libertador, del estado Bolivariano de Mérida número telefónico: 0414-3747067. En consecuencia, désele entrada, fórmese expediente y en cuanto a su admisión el Tribunal lo resolverá por auto separado. Y ASÍ SE DECIDE.-

JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.

En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada en los libros correspondientes bajo el Nº 24.723.

EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.