REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Veintiuno (21) de Noviembre de dos mil veinticinco (2025).-
215° y 166°
Por recibida la anterior Demanda, junto con los recaudos acompañados, correspondiente a la demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por el ciudadano HIDALGO ASCANIO BUSTAMANTE FLORES, venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.714.263, inscrito en el Inpreabogado Bajo Nº 281.556, con domicilio en: Calle 22, entre Avenidas 03 y 04, bulevar parte Superior de la Plaza Bolívar, Edificio Ediplas, Segundo Nivel, Oficina Nro. 2-3, Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador, del estado Bolivariano de Mérida. En contra de la ciudadana MARIA DEL CARMEN DIAZ DE ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.804.930 con domicilio en: El Sector La Joya, (Bella Vista), al final de la calle y final de la cuesta de pavimento de concreto, parroquia Arias, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia, désele entrada, fórmese expediente y en cuanto a su admisión el Tribunal lo resolverá por auto separado. Y ASÍ SE DECIDE.-
JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.
En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada en los libros correspondientes bajo el Nº 24.726.
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.