REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
El Vigía, 30 de octubre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: LP51-J-2025-000367
SOLICITANTE: DANIELA ALEJANDRA GALVIZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 28.542.663, pasaporte N° 198987925.
ABOGADA ASISTENTE: MIFELIA CORINA MOLINA MARQUEZ, Fiscal Provisorio Decima Séptima Encargada de la Fiscalía Decima Primera del Ministerio Publico, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.357.612, Inpreabogado Nº 137.876.
NIÑO: (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolano, Pasaporte N° 198267917, nacido en fecha 09/03/2019, de seis (06) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA)
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día ocho (08) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; presentada por la ciudadana: DANIELA ALEJANDRA GALVIZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 28.542.663, pasaporte N° 198987925, debidamente asistida por la Fiscal Provisorio Decima Séptima Encargada de la Fiscalía Decima Primera del Ministerio Publico Abogada MIFELIA CORINA MOLINA MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.357.612, Inpreabogado Nº 137.876. Se le asignó al Expediente el número de orden LP51-J-2025-000367; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (España). Se admitió el día 13/10/2025, se ordenó librar Boleta de notificación al ciudadano: JOSE YOEL LEON PERTUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.728.034, residenciado en Reino de España y la Fiscal Undécima del Ministerio Publico; libradas las boletas de notificación y consignadas en autos, la Secretaria la certifico y se fijó audiencia para el día 28/10/2025 a las 11:30 a.m.-
Se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal, compareciendo la ciudadana DANIELA ALEJANDRA GALVIZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 28.542.663, en compañía de las ciudadanas MATILDE SARAHY DUGARTE MORA Y NERLYS AYALA MARTINEZ; titulares de la cédula de identidad N° V-19.530.221 y V-18.374.409, en su orden, propuestas como testigos y quienes son amigas de la familia. Cuyo progenitor es el ciudadano JOSE YOEL LEON PERTUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.728.034, domiciliado en Reino de España, en Coruña, avenida Las Conchiñas, P18, P06 I, España, Teléfono 0412-6754167, correo electrónico joseyoelleonpertuz@gmail.com. En su carácter de progenitora del niño (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), de seis años de edad, con fecha de nacimiento 09/03/2019. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la ciudadana DANIELA ALEJANDRA GALVIZ VERA quien manifestó: “yo voy de viaje de vacaciones con mi hijo (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA) a visitar al padre quien se encuentra en España”. El itinerario de viaje es el siguiente: con salida el día lunes tres (3) de noviembre de 2025, pues adelantamos por previsión la fecha de salida desde la ciudad de El Vigía, que será por vía terrestre en trasporte público a la ciudad de Caracas y luego el 05/11/2025, viajaremos vía aérea área desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado La Guaira, Venezuela, con la aerolínea LASER hasta el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas ubicado en Madrid- España, retornado a Venezuela el día 19/11/2025, con la aerolínea LASER desde el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid España hasta el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado de La Guaira, y de allí nos trasladaremos vía terrestre, a la ciudad de El Vigía, del estado Bolivariano de Mérida”. Inmediatamente se procedió juramentar a las testigos ciudadanas MATILDE SARAHY DUGARTE MORA Y NERLYS AYALA MARTINEZ ya identificadas, y una vez juramentadas, se procedió a realizar video llamada desde el número +584121246378 al número +584126754167, al progenitor ciudadano JOSE YOEL LEON PERTUZ, quien fue reconocido por las testigos, el cual manifestó: “si yo autorizo el viaje de mi hijo a España en compañía de su mamá”.--------------------------------------------------
PARTE MOTIVA
Consignando como medios de prueba:
1.-Copia Certificada del acta de Nacimiento del niño.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte de la progenitora y el niño.-
Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la solicitante, progenitor y testigo.
4.- Itinerario de Viaje.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por los solicitantes, aunado a lo señalado por los progenitores, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues se le está garantizando derechos establecidos, tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y al libre desarrollo de la personalidad, derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 4, 8, 28 y 39, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA) al niño (se omite de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), venezolano, Pasaporte N° 198267917, nacido en fecha 09/03/2019, de seis (06) años de edad, quien viajará con su progenitora la ciudadana DANIELA ALEJANDRA GALVIZ VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 28.542.663, pasaporte N° 198987925. El itinerario de viaje es el siguiente: Con salida el día lunes tres (3) de noviembre de 2025, vía terrestre en trasporte público a la Ciudad de Caracas Distrito Capital, luego el 05/11/2025, viajaremos vía aérea desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado La Guaira, Venezuela, con la aerolínea LASER, Vuelo QL2920, TICKETS Nros. 7822734597728 y 7822734099588, con destino al Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid- España. Con Retorno a Venezuela el día 19/11/2025, vía aérea, con la aerolínea LASER, Vuelo QL2921, TICKETS Nros. 7822734597728 Y 7822734099588, desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid España, con destino al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado de La Guaira, y de allí nos trasladaremos vía terrestre, a la ciudad de El Vigía, del estado Bolivariano de Mérida. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día MARTES, NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE 2025. CÚMPLASE.-
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. MARFER VENEGAS OVALLES
Exp.LP51-J-2025-000367
AMMJ/Esther
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