REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, viernes, treinta y uno (31) de Octubre del año dos mil veinticinco (2025); siendo las diez de la mañana (10:00 am), día y hora fijado por este Tribunal mediante auto de fecha veintisiete (27) de Octubre de 2025, inserto al folio (20), para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÁTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto Con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesto por la abogada en ejercicio MARIA JOSEFINA BELANDRIA CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nros. V- 8.706.256 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 267.349, domiciliada en la Urbanización Hacienda Zumba, calle 5º, casa Nº 425, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, números telefónicos: 0412-6920500, correo electrónico: majobeca30@hotmail.com y jurídicamente hábil, actuando en nombre y representación del ciudadano ABEL FERNANDEZ ALBORNOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.175.072, actualmente residenciado en Chile, Santa Elena 1760, Santiago Centro Torre B, DTP 1008, Número telefónico (WhatsApp) +56 949756113, correo electrónico: Abelfernandez371@gmail.com y civilmente hábil, según poder otorgado y ratificado por vía telemática ante este Tribunal en fecha 10 de octubre de 2025, inserto a los folios (10, vto y 11) en contra de la ciudadana TANIA COROMOTO MARQUEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.197.023, Número telefónico: +59 3987262077, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3528. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146 (Tribunal), procedió a realizar la Audiencia Telemática a través de una video llamada al número: +59 3987262077, aportado por la parte Demandante ya identificada, como número telefónico de la parte demandada. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como “TANIA COROMOTO MARQUEZ DIAZ, titular de la cédula de Identidad N° V-20.197.023, quien se encuentra actualmente domiciliada en la República de Colombia y una vez impuesta del motivo de la llamada respecto a la Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, el Juez procedió a solicitar a la ciudadana TANIA COROMOTO MARQUEZ DIAZ, antes identificada, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente, le preguntó si estaba conteste con el Divorcio que incoara el ciudadano ABEL FERNANDEZ ALBORNOZ, y en voz clara señaló: “manifiesto que estoy conteste con el Divorcio incoado en mi contra y me doy por citada, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria certifica la identidad de la ciudadana TANIA COROMOTO MARQUEZ DIAZ, verificándose que su número de cédula es el siguiente V-20.197.023. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 am) aproximadamente, da por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO



APODERADA JUDICIAL PARTE DEMANDANTE,
ABG. MARIA JOSEFINA BELANDRIA CARRERO,




EL ALGUACIL

LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q

LA SECRETARIA,

ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES




Exp. 3528
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