REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, viernes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am), día fijado por este Tribunal mediante auto de fecha veintisiete (27) de octubre de 2025, inserto al folio diez (10) de la presente solicitud Nº 4695, para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÀTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en la Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesta por la ciudadana MARY YAZMILEEY CERRADA BENITEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.779.684 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.023, domiciliada entre calles 23 y 24, avenida 7 Maldonado, edificio Lamus, planta baja, casa número 23-1, Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil; quien se encuentra presente en este acto y solicita el Reconocimiento de la Firma del vendedor en el Documento de venta Privada, relacionado con un vehículo de las siguientes características: placa: DCD35T; Serial N.I.V: 1FMEU74806UB13785; serial de carrocería: 1FMEU74806UB13785, serial motor: 6UB13785, Marca: FORD; Modelo: EXPLORER; Año: 2006, Color: Rojo; clase: CAMIONETA; Tipo SPORT WAGON; Uso: PARTICULAR. Servicio: PRIVADO, suscrito en fecha 04 de diciembre de 2023, agregada al folio (03). Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la video llamada al número telefónico con formato internacional +1 (945) 2380982, código de área metropolitana de Dallas-Texas, en Estados Unidos de América, aportado por la parte Solicitante. Acto seguido, al número telefónico señalado, se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como FRANIO LEOMAR ALTAMAR PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.455.549, por lo cual, el ciudadano juez, procedió a imponerlo del motivo de la llamada, respecto a una Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO que cursa por ante este Tribunal, colocando a la vista el documento objeto a reconocer, motivo por el cual, el ciudadano Juez le solicitó al ciudadano FRANIO LEOMAR ALTAMAR PEREZ, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular para verificar su identidad “Expuesta la cédula ante la cámara y verificada la misma por la ciudadana Secretaria, el mencionado ciudadano, con el derecho de palabra, manifestó estar conteste y tener conocimiento del documento privado inserto en original al folio (03) de la solicitud Nº 4695 que tuvieron a la vista, el cual fue leído íntegramente, manifestando que reconoce en todas y cada una de sus partes el contenido y firma del documento de venta privada del vehículo, suscrito por vía privada, en fecha 04 de diciembre de 2023, es todo”. Acto seguido, visto el reconocimiento realizado por el ciudadano FRANIO LEOMAR ALTAMAR PEREZ, ante identificado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y surta los efectos legales pertinentes, siendo las once de la mañana (11:00 a.m) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman, el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO


SOLICITANTE


MARY YAZMILEEY CERRADA BENITEZ


EL ALGUACIL LA SECRETARIA,

ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q


SOL. 4695