REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Diez (10) de Octubre de dos mil veinticinco (2025).
215° y 166°
Vista la diligencia que antecede de fecha 02 de Octubre de 2025, suscrita por la ciudadanaMARIA MAYIRA ZERPA SALAZAR, parte demandante, asistida por asistida por el Abogado JESUS ALBERTO SOSA ABREU, venezolano, mayor de edad titular de la Cedula de Identidad N° V-15.175.924, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 121.729, mediante la cual consigno los emolumentos correspondientes para practicar la citación delos demandadosasí como impulsar la notificación del Ministerio Publico.En consecuencia, éste Juzgado acuerda conforme a lo solicitado y ordena certificar por Secretaría las copias fotostáticas consignadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 de Código de Procedimiento Civil, debiendo insertarse al pie de la misma el contenido del presente decretoLíbrense la notificación a la FISCALIA DE GUARDIA ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO MERIDAy los recaudos de citación a la parte demandada ciudadana NAOMI MONCERRATH BELANDRIA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-27.587.257, con domicilio procesal en La Calle Principal, Casa S/N, Sector Agua Azul, Aldea Bodoque, Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida,NATALY DEL CARMEN BELANDRIA ZERPA venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-30.034.726, con domicilio procesal en La Calle Principal, Casa S/N, Sector Agua Azul, Aldea Bodoque, Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida,y el ciudadano JULIO ENMANUEL BELANDRIA ZERPA venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-32.124.827, con domicilio procesal en La Calle Principal, Casa S/N, Sector Agua Azul, Aldea Bodoque, Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida.En los mismos términos que el auto de admisión de fecha 12 de Agosto de 2025. Para la notificación a la FISCALIA DE GUARDIA ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO MERIDA Líbrese boleta de notificación y entréguese al alguacil del Tribunal para que la haga efectiva conforme a lo contemplado en la Ley. Para la citación personal de los ciudadanos NAOMI MONCERRATH BELANDRIA ZERPA, NATALY DEL CARMEN BELANDRIA ZERPA y JULIO ENMANUEL BELANDRIA ZERPA, se comisiona amplia y suficientemente al JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DÁVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANOS DE MÉRIDA (DISTRIBUIDOR),Para que dicha comisión de citación sea cumplida. con la advertencia que antes de efectuar la citación de los ciudadanos demandados debe constar en actas en la presente causa la notificación de la FISCALIA DE GUARDIA ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO MERIDA.YASI SE DECIDE.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR D. PALENCIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior se libró la boleta de notificación a la Fiscal de Guardia del Ministerio Publico del Estado Mérida, y se entregó al Alguacil de este Juzgado para que la haga efectiva conforme a lo contemplado en la Ley y se
libraron los respectivos recaudos de citación y se comisiona bajo oficio Nº 447-2025 a la JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DÁVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (DISTRIBUIDOR). Para efectuar la citación de los ciudadanosNAOMI MONCERRATH BELANDRIA ZERPA, NATALY DEL CARMEN BELANDRIA ZERPA y JULIO ENMANUEL BELANDRIA ZERPA.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR D. PALENCIA