REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 15 de octubre de 2025.
215º y 166º
Por recibida la anterior demanda por INTERDICTO DE PERTURBACION junto con los recaudos que la acompañan, intentada por la ciudadana, BELKI JOSEFINA GRANADA LEON venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.037.429, asistida por la abogado LOURDES CELESTE BARRIOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.739.210 inscrita en el IPSA bajo el número 34.649, con domicilio en casa N° 34, al final de la calle Los Muros del Sector El Arado A, Parroquia Gonzalo Picón Febres del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. En contra de la ciudadana: ANDREA BEATRIZ PAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.056.151, jurídicamente hábil. Domiciliada en final de la calle Los Muros del Sector El Arado A, Parroquia Gonzalo Picón Febres del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida En cuanto a su admisión el Tribunal resolverá por auto separado. Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR DAVID PALENCIA CALDERON
En la fecha misma fecha, se le dio entrada a la anterior demanda y formo el expediente bajo el N° 24.703.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. VICTOR DAVID PALENCIA CALDERON