REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Veintisiete (27) de Noviembre de dos mil veinticinco (2025).
215° y 166°
Vista la diligencia que antecede en fecha 17 de Octubre de 2025 la cual riela en el folio 919, suscrita por EL ABOGADO CARLOS ENRIQUE PACHECO CALDERON, venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.485.668, inscrito en el Inpreabogado Bajo Nº 42.748, apoderado judicial de la parte demandada mediante el cual solicita el desglose de los documentos consignados en original que corren insertos a los folios (524 al 527), juego de copias certificadas de los folios 537 y 538 y sus respectivos vueltos, el desglose de los documentos consignados en original que corren insertos a los folios (877 al 879), juego de copias certificadas de los folios 895, 896, 899 al 917 y sus respectivos vueltos. En consecuencia, este Juzgado acuerda conforme lo solicitado y ordena el desglose de los documentos consignados en original que corren insertos a los folios (524 al 527, 877 al 879) y certificar por Secretaría un (01) juego de copias de los folios 537, 538, 895, 896, 899 al 917 y sus respectivos vueltos. Todo según lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, debiendo insertarse al pie de la misma el contenido del presente decreto. Y ASI SE DECIDE.-
JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. El cual debe ser retirado por la parte interesada mediante diligencia en el expediente. -
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.