REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Veintisiete (27) de Noviembre de dos mil veinticinco (2025).
215º y 166º
Vista la diligencia de fecha 17 de octubre de 2025, la cual riela en el folio 100, suscrita por la ciudadana EMISELY RODRIGUEZ ALBORNOZ, venezolana mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-18.309.876, parte demandada, asistida por la abogada BLANCA COROMOTO SILVA DE GUTIERREZ, venezolana mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-5.201.317, inscrito en el Inpreabogado Bajo Nº 127.203, mediante la cual solicita que el testigo HIPOLITO RIVAS, SEA SUSTITUIDO por la ciudadana MARIA EUGENIA DE LA TRINIDAD RODRIGUEZ… En consecuencia, este Juzgado NIEGA lo peticionado por cuanto se evidencia que en fecha 01 de octubre de 2025, este juzgado admitió las pruebas promovidas por las partes en las cuales la parte demandada y la profesional de derecho que la asiste consignaron la petición para la declaración del testigo ciudadano HIPOLITO RIVAS, a lo cual se hace saber al solicitante que no se encuentra en la oportunidad legal para cambiar el testigo previamente promovido. Y ASI SE DECIDE.-
JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.