REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, Seis (06) de octubre de dos mil veinticinco (2025).
215° y 166°
Vista la diligencia que antecede de fecha 02 de Octubre de 2025, suscrita por la ciudadana MELGA PAREDES ARAUJO, parte actora, asistida por el abogado ELIO JESUS CONTRERAS D ELIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.033.523, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 81.488, mediante la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada en la presente causa. En consecuencia, éste Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y ordena citar a laparte demandada, antes identificada, por medio de carteles, de conformidad con lo establecido en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil a fin de que se dé por citada en el término de QUINCE (15) DIAS DE DESPACHO, siguientes a la publicación y consignación que en autos se haga del último cartel que se ordena publicar con el intervalo de Ley correspondiente, es decir, tres (03) días entre una y otra publicación, en dos (02) diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger. Con la advertencia en los carteles que si no comparece en el lapso de Ley señalado anteriormente, se le nombrará Defensor Judicial, con quién entenderá su citación. Por consiguiente, líbrense los carteles de citación y entréguense dos (02) al interesado para su publicación en la prensa y otro (01) a la Secretaria del Tribunal para que sea fijado en la puerta de la morada, oficina o negocio de la parte demandada.Se ordena a la parte que el cartel de citación ordenado a publicar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete (07) puntos y en tipo de letra helvético, bajo apercibimiento de que si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado y será necesario librar, a su instancia, un nuevo cartel de citación. Y ASÍ SE DECIDE.-
JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.
En la misma fecha se cumplió con el auto que antecede y se libraron tres (03) carteles de citación, de los cuales dos (02) los debe retirar la parte interesada mediante diligencia en el expediente, para que lo publique en dos (02) diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger entre: Pico Bolívar, Universal y/o Últimas Noticias. Y otro (01) se entregó a la Secretaria del Tribunal para que lo fije en la puerta de la morada, oficina o negocio de la parte demandada.-
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.