REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes El Vigía, cinco (05) de septiembre de dos mil veinticinco
215º y 166 º DESPACHO HABILITADO ASUNTO: LP51-J-2025-000318

SOLICITANTE: OSLANDY HELENA GARCIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 20.396.877. ABOGADA: Fiscal Titular Decimo Primero del Ministerio Publico Abg. MARIA ELCIRA BEJARANO IBARRA, titular de la cedula de identidad N° V-10.244.974, Inpreabogado N° 59.041. ADOLESCENTE: SE OMITE NOMBRES , titular de la cedula de identidad N° V-33.634.993, Pasaporte N° 184746798, nacida en fecha 29-10-2009; de quince (15) años de edad y el NIÑO: SE OMITE NOMBRES, titular de la cedula de identidad N° V-36.376.175, Pasaporte N° 184746905, nacido en fecha 23-09-2014; de diez (10) años de edad. MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA) NARRATIVA Se recibió solicitud el día veinte (20) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; presentada por la ciudadana: OSLANDY HELENA GARCIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 20.396.877; quien actúa a favor la Fiscal Titular Decimo Primero del Ministerio Publico Abg. MARIA ELCIRA BEJARANO IBARRA, titular de la cedula de identidad N° V-10.244.974, Inpreabogado N° 59.041. Se le asignó al Expediente el número de orden LP51-J-2025-000318; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (España). Se admitió el día 21-08-2025. Se ordenó librar Boleta de notificación a al ciudadano: EDGAR ALEXANDER OVANDO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.209.207, residenciado en España, librada la boleta de notificación y consignada en autos, el Secretario la certifico y se fijó audiencia para el día 03/09/2025 a la 11:00 am.-- Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció compareciendo la Fiscal titular de la Fiscalía Decima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida con sede en El Vigía del Sistema de Protección del Niño, Niño y Adolescente, Civil e Instituciones Familiares abogada MARIA ELCIRA BEJARANO IBARRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.244.974. Inpreabogado N° 59.041. Asimismo, se deja constancia que hizo acto de presencia la progenitora ciudadana OSLANDY HELENA GARCIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 20.396.877, actuando en su condición de progenitora de la adolescente: SE OMITE NOMBRES, titular de la cedula de identidad N° V-33.634.993, Pasaporte N° 184746798, nacida en fecha 29-10-2009; de quince (15) años de edad y el NIÑO: SE OMITE NOMBRES , titular de la cedula de identidad N° V-36.376.175, Pasaporte N° 184746905, nacido en fecha 23-09-2014; de diez (10) años de edad. Cuyo progenitor es el ciudadano EDGAR ALEXANDER OVANDO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.209.207, teléfono +34 671344577, correo electrónico edgaralexanderovandoguerrero@gmail.com, domiciliado en España. En compañía de los ciudadanos ALFREDO OVANDO Y JESUS OVANDO GUERRERO; venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.446.461 y V-28.692.563; respectivamente, quienes han sido propuesto el día de hoy como testigos. A continuación, se le otorga el derecho de palabra a la ciudadana OSLANDY HELENA GARCIA PEREZ, quien manifestó lo siguiente “voy a viajar a España con mis hijos de vacaciones para que compartan con su padre, que reside en España”. El itinerario de viaje es el siguiente: con salida el día miércoles primero (01) octubre de 2025, vía terrestre desde Tovar hasta la ciudad de Caracas, luego el día 03/1072025, a la ciudad de Maiquetía, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, estado La guaira, con destino al Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid – España, Retornando el 13/10/2025, vía aérea desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid-España, con destino al aeropuerto Internacional Simón bolívar, ubicado en Maiquetía, estado La Guaira y continuamos viaje vía terrestre hasta Tovar, estado Bolivariano de Mérida, Inmediatamente se procedió a juramentar al ciudadano ALFREDO OVANDO, abuelo paterno y el ciudadano JESUS ANDRES OVANDOGUERRERO, tío paterno y se procedió a realizar video llamada del numero -58 4124568420 al número +34 671344577, al ciudadano EDGAR ALEXANDER OVANDO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 18290207, domiciliado en España, quien se identifico y expuso,” si señora, estoy de acuerdo que viajen a España mis dos (02) hijos, para reunirnos y compartir una vacaciones”.----------------------------------------------------------

.PARTE MOTIVA Consignando como medios de prueba:

1.-Copia Certificada del acta de Nacimiento de la Adolescente y el niño.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte de la Adolescente y el niño.
3.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del solicitante, progenitora, adolescente y testigos.
4.- Itinerario de Viaje.

PARTE DISPOSITIVA Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por los solicitantes, aunado a lo señalado por los progenitores, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues se le está garantizando derechos establecidos, tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y al libre desarrollo de la personalidad, derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 4, 8, 28 y 39, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA) a la ADOLESCENTE: SE OMITE NOMBRES , titular de la cedula de identidad N° V-33.634.993, Pasaporte N° 184746798, nacida en fecha 29-10-2009; de quince (15) años de edad y el NIÑO: SE OMITE NOMBRES , titular de la cedula de identidad N° V-36.376.175, Pasaporte N° 184746905, nacido en fecha 23-09-2014; de diez (10) años de edad. El itinerario de viaje es el siguiente: con salida desde la ciudad de Tovar el día sábado 01/10/2025, por vía terrestre desde la ciudad de Tovar, estado Bolivariano de Mérida, hasta el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar en Caracas. Finalmente abordaran desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de la ciudad de caracas en fecha 03/10/2025, tickets Nros. 7820340802407, 7820340802408, y 7820340802406, empresa LASER AIRLINES, hora salida 18:40, con destino al Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, Madrid-España, con Retorno en fecha 13/10/2025, tickets Nros. 9967792691645, 9967792691646 y 9967792691647 de la empresa AIR EUROPA, hora salida 21:00 desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Bajaras Madrid- España, al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar en Caracas. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día LUNES, TRES (03) DE NOVIEMBRE DE 2025. CÚMPLASE-- CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE. LA JUEZA PROVISORIA ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES LA SECRETARIA ACCIDENTAL ABG. MARIA ESTHER CAIRIASCO DE VALERY

Exp LP51-J-2025-000318