Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal en consecuencia Decreta Medida Cautelar al ciudadano ALVARO PIMIENTO DIAZ de conformidad al artículo 256 numeral 7 del C.O.P.P. consistente en abandono inmediato del hogar, domicilio este ubicado en San Juan de Lagunillas, sector Inrrevi casa Nº 156.
El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 256 COPP. Artículo 17 y 39 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia.
EL JUEZ DE CONTROL N° 05
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA
ABG. SIOLY CONTRERAS