El Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara solemnemente embargado ejecutivamente el inmueble consistente en una vivienda unifamiliar , ubicada en la Urbanización J. J. Osuna Rodríguez, vereda 17, distinguida con el N° 06, parte Baja de tal Urbanización, sector conocido como Los Curos de la ciudad de Mérida Estado Mérida, registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Libertador del Estado Mérida, en fecha 31 de marzo de 1999, bajo el N° 24, folio 128 al 136, protocolo primero, tomo trigésimo Primero, primer trimestre del año 1999, cuyos linderos constan suficientemente descritos en tal documento de propiedad, los cuales están señalados en la presente acta, embargo este hasta por la cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHEN.....