DISPOSITIVA
Tomando en cuenta las consideraciones antes expuestas, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 112 del Código Penal: DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA impuesta a YOEL ADELMO SANCHEZ ARAQUE, venezolano titular de la cédula de identidad N 20.939.553 natural de El Vigía, Estado Mérida nacido en fecha 12-12-1990, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficia obrero, con sexto grado de educación básica, hijo de Maigualida del Carmen Sánchez (v) y de José Adelmo Briceño (v), domiciliado en el Barrio 23 de Enero Calle Principal, Barrio Ajuro, Casa N° 336, al lado.....