Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Acuerda con lugar la solicitud realizada por el imputado y su abogada Defensora Privada, con respecto a sustituir la medida privativa judicial preventiva de libertad, impuesta por el Tribunal de Control nro. 02 de éste Circuito Judicial Penal, en su oportunidad legal, por otra menos gravosa para el imputado, que asegure la finalidad del proceso, por tanto, se considera que lo más ajustado a derecho es imponer medidas cautelares sustitutivas al acusado EDUARDO GREGORIO PRIMERA ARIAS, identificado en autos, consistente en: 1.- La presentación periódica ante la oficina de Alguacilazgo cada cinco (5) días; 2.- La prohibición de salir de la jurisdicción del estado Mérida, sin autorización del Tribunal; 3.- De no cambiar de domi.....