DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la adolescente: OMITIR NOMBRE. En consecuencia, en lo sucesivo tanto en el libro llevado por el Registro Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini, Municipio Libertador del Estado Mérida como en libro duplicado llevado por el Registro Principal Civil del Estado Mérida, debe aparecer el apellido de casada de la progenitora, así: VELASQUEZ, es decir, ZULEIMA CONSUELO VARELA DE VELASQUEZ; y el primer apellido del progenitor debe aparecer, así: VELASQUEZ, es decir: DUGLAS JOSE VELASQUEZ GOMEZ. Por lo que a partir de la presente fecha la adolescente, deberá identificarse, así: OMITIR NOMBRE. Acta Nº 131, Año 1991. A tal efecto queda así rectificada la Partida de Nacimiento de la referida adolescente. ASÍ SE DECIDE.