ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, contra el LUIS BELTRAN ANGULO ZERPA, venezolano, de 32 años de edad, soltero, de ocupación Herrero, titular de la cédula de identidad N° V. 13.283.073, natural de Chiguará Estado Mérida, nacido en fecha 25-05-75, hijo de Bricio Angulo, domiciliado en Guayabones, calle 2, Barrio Los Haticos, El Vigía Estado Mérida, por la comisión de los delitos de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana: MARIBEL CONTRERAS HERNANDEZ. Así mismo admite la totalidad de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público por.....