Por las razones expuestas, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana MARIA CEFERINA ROMERO DE GONZALEZ inserta bajo el Nro. 151 Del año 1928, asentada por ante el Registro Civil del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, se establece que el verdadero nombre de el titular de la partida de nacimiento es "MARIA CEFERINA ROMERO DE GONZALEZ, que nació el día 26 de Agosto de 1928, de sexo femenino" y no como erróneamente aparece en dicha partida con Z, cuando lo correcto es con C. A tales efectos expídase copias fotostáticas certificadas de la presente decisión y remítanse junto con oficio al organismo competente a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.---------------------------------------------.....