PARTE DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, en del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en el articulo 330, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite totalmente la acusación formulada por la representante de la Fiscalía Décima Tercera, así como los medios de prueba ofrecidos, en contra del ciudadano GILBERTO JOSE GASCON CARRERO, por el delito de ATROPELLOS CONTRA PERSONAS DETENIDAS, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 181 del código Penal, cometido en perjuicio de FREDDY ALEXIS CAMPOS.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano GILBERTO JOSE GASCON CARRERO, ut supra identificado, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ATROPELLO A PERSONAS DETENIDAS, más las accesorias contempladas en el artículo.....