En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento realizado por la representación judicial de los ciudadanos GUSMARIS DESIRETH CARRERO OMAÑA y JAVIER FAUSTINO LOBO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nro. V-17.931.731 y Nro. V-14.264.430, en su orden respectivo representados por su apoderado (Fs. 12 al 16) abogado Sergio Guerrero Villasmil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.675.578, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.631, del procedimiento incoado en contra de la Sociedad Mercantil "BANCO DEL CARIBE C.A" que funciona bajo el nombre de "BANCARIBE", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de julio de 1958, anotado bajo el número 7.....