. REVOCA el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO que le fuera acordado en fecha 13-12-2006 al penado RAFAEL ALBERTO DUGARTE MÁRQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.573.490, domiciliado en Santa Rosalía, Barrio Gran Colombia, Calle Alberto Ravet, casa 2, frente a la Bodega de Lola, cerca del Cementerio, Caracas, Distrito Capital, igualmente se puede ubicar en Guayabones, Sector Loma de Piedra, Casa S/N, cerca de la Escuela, El Vigía, Estado Mérida, por haber incumplido con las condiciones impuestas en el beneficio, y quien actualmente se encuentra cumpliendo la pena de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN más las penas accesorias, faltándole por cumplir de su condena UN (01) AÑOS, NUEVE (09) MESES, CINCO (05) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, más las penas accesorias de conformidad al artículo 13 del Código Penal. Esta decisión se fundamenta en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscalía de Derechos Fundamentales del M.....