De acuerdo a lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda de conformidad con el artículo 242 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, correspondiente a presentaciones periódicas cada veinte (20) días por ante el Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a favor de la ERCILIA SEGUNDA GOMEZ GOMEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 9 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la empresa FARMA SIGA C.A, tal y como fue acordada por el Tribunal Primero de Control de Primera Instancia Penal Municipal. En consecuencia, emítase la correspondiente, boleta d.....