ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante JOSÉ REINALDO ALBORNOZ PARRA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-8.048.627, venezolano, de cuarenta y ún años de edad, artesano, soltero, domiciliado en Tabay calle Bolívar Nº 4-4 del Municipio Santos Marquina del Estado Mérida, fallecido en fecha 26 de Febrero del año 2007, en la vía de la Parroquia El Morro, Municipio Libertador del Estado Mérida, según Acta de Defunción N° 04, folio 05; a la solicitante ciudadana: SILVIA AURORA PARRA DE ALBORNOZ, mayor de edad, venezolana, viuda, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nº V-8.008.043, domiciliada en la población de Tabay, .....