DECISIÓN
Por tales consideraciones, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 2, 26 , 51, 55, 83, 173, 177 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2, 4, 5, 6, 7, 19 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, 41 de la Ley de Régimen Penitenciario, declara Con Lugar LA SOLICITUD del defensor público, acordando el traslado tomando las previsiones de seguridad del caso, al Hospital mensualmente del penado ANDRES ELOY RAMIREZ, plenamente identificado en autos Hospital Autónomo de la Universidad de Los Andes (HULA), Mérida, con la finalidad de que le suministren el tratamiento de antiretrovirales para favorecer su salud, en el cumplimiento de la condena impuesta, en el Centro Penitenciario Región Andina donde actualmente cumple la pena. De igual manera debe realizarse el .....