JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, diecisiete (17) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
211º y 162º
De la revisión que se hiciere a las actas que conforman el presente expediente, específicamente al auto de admisión, de fecha tres (03) de septiembre de 2021, inserto al folio 05 y su vuelto, se observa que por error involuntario se intimó a la ciudadana YANELY CAROLINA GIRALDO APARICIO, para que compareciere por ante este despacho en el PRIMER DIA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste de autos las resultas de su notificación ordenada, siendo esto incorrecto y por ser este requerimiento de orden público procesal, es por lo que esta juzgadora procurando la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, de conformidad con los artículos 206, 208, 211 y 212 del Código de Procedimiento.....