Este Juzgado de Primera Instancia Penal Municipal en Funciones de Control No.02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA , Primero: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN del imputado: JOSE MARIA SILVA, supra identificada por los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR , previsto y sancionado en el articulo 3 , de Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculos Automotores, cometido en perjuicio de la Eduardo Davila ( occiso), por cuanto se cumplen los requisitos de ley. SEGUNDO: Se acuerda la solicitud del Ministerio Público la aplicación del Procedimiento Especial para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves, de conformidad con el artículo 354 del mencionado Decreto-Ley. TERCERO: Se acuerda la medida cautelar sustitutiva de libertad, conforme al artículo 242 numeral 8 del COPP, (fianza), de dos personas de.....