Por las razones expuestas, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana "IRMA MARINA SANCHEZ MOLINA" inserta bajo el Nro. 156 Del año 1955, asentada por ante el Registro Civil del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, se establece que el verdadero nombre de la titular de la partida de nacimiento es "IRMA MARINA SANCHEZ MOLINA", que nació el día 02 de Julio de 1955, de sexo "femenino" y no como erróneamente aparece en dicha partida con Y griega, cuando lo correcto es con i latina. A tales efectos expídase copias fotostáticas certificadas de la presente decisión y remítanse junto con oficio al Registro Principal y al Registro del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil......