DECISION
Por las consideraciones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, decreta la INTERDICCION DEFINITIVA del ciudadano CIRO ENRIQUE CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.030.310, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, por padecer de DETERIORO COGNOSCITIVO GRAVE COMPATIBLE CON DEMENCIA, TRASTORNO MENTAL ORGÁNICO, SECUELAS MOTORAS POST-ACCIDENTE CEREBROVASCULAR, que lo hacen incapaz para proveerse por si mismo de sus propios intereses y de su persona, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con el articulo 733 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, de conformidad con el artículo 397 del Código Civil, queda el mencionado c.....