declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano José Heriberto Sánchez Belandria, venezolano, mayor de edad, casado, carpintero titular de la cédula de identidad número 4.472.112, domiciliado en la Población de Guayabones, Sector Urbanización Nuevo Guayabones, calle Nº 04 , casa Nº 01, Parroquia Eloy paredes del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, y civilmente hábil, y reconocida por la ciudadana Carmen Yraida Davoin de Sánchez, venezolana, mayor de edad, docente, titular de la cédula de identidad número 5.510.525, domiciliada en la población de Santa Elena de Arenales, final de la avenida perimetral, casa sin número del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida y jurídicamente hábil.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura Civil de la Par.....