Decisiones del dia 24/03/2006
N° Expediente :
LV11-D-2004-000004
N° Sentencia :
68
Fecha: 24/03/2006
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):
ver
Procedimiento: Procedimiento Ordinario
Partes: FISCALÍA DÉCIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO; LA ABG. DORA GISELA BECERRA DE MORALES, DEFENSORA PÚBLICA ESPECIALIZADA, LOS CIUDADANOS (IDENTIDAD OMITIDA), EN SU CARÁCTER DE INVESTIGADOS Y EL CIUDADANO ESTIVEN RAMOS MARTÍNEZ, EN SU CONDICIÓN DE VÍCTIMA.
Resumen:
Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Con fundamento en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se declara el sobreseimiento definitivo a favor de los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA), en el asunto penal Nº LV11-D-2004-000004, seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Complicidad Correspectiva y Lesiones Intencionales Menos Graves, previstos y sancionados en el artículo 460 en relación con el artículo 457, artículos 418 y 83, todos del Código Penal anterior a la reforma, en perjuicio del ciudadano Estiven Ramos Martínez. Segundo: Con fundamento en el artículo 319 del Códi.....
Juez/Ponente:
Ciribeth Guerrero Ochea
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control LOPNA
N° Expediente :
11279
N° Sentencia :
1
Fecha: 24/03/2006
Procedimiento: Separación De Cuerpos
Partes: ARGIMIRO JUNNIOR CALDERON LOBO Y MARIA ALEJANDRA MERCADO.
Resumen:
DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento de los ciudadanos: ARGIMIRO JUNNIOR CALDERON LOBO y MARIA ALEJANDRA MERCADO ya identificados en autos, en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Montalbán Municipio Campo Elías del Estado Mérida, el día veinte (20) de julio del año dos mil (20-07-2000), según Acta Nº 47. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad del niño OMITIR NOMBRE, de tres (03) años de edad. En lo referente a la Guarda y Custodia del prenombrado niño, la madre la ejercerá. El padre se compromete para con el niño a cancelar la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales la cual depositara en una cuenta corriente del Banco Banfoandes Nº 0007-0034-72-0010084265, mas dos Bonos Especiales uno p.....
Juez/Ponente:
Gladys Yolanda Jaspe de Ocando
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
LP11-P-2003-000006
N° Sentencia :
Fecha: 24/03/2006
Procedimiento: Ejecuciòn De Sentencia Condenatoria
Partes: ARQUIMEDES VILLAMIZAR ROMERO (PENADO) EL ESTADO VENEZOLANO (VICTIMA) ABG. HENRRY GERARDO CORREDOR (DEFENSOR PRIVADO) FISCALIA XIII DEL MINISTERIO PUBLICO
Resumen:
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena el siguiente EJECÚTESE: Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal, para el cómputo respectivo, se observa que el mencionado penado fue detenido el día 13-03-03, permaneciendo privado de su libertad hasta el 23-03-2006; es decir, tiene privado de su libertad TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) DÍAS, que se le computan como pena cumplida; y por cuanto la pena que debe cumplir es de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN le falta por cumplir SIETE AÑOS (07) AÑOS ONCE (11) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS la cual terminará de cumplir el día DOCE (12) de MARZO de 2.014, al finalizar el día. Igualmente, deberá cumplir con las penas accesorias, establecidas en el artículo 16 del Código Pe.....
Juez/Ponente:
Jesus Rondon
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
N° Expediente :
LP01-P-2003-000607
N° Sentencia :
Fecha: 24/03/2006
Procedimiento: Ejecuciòn De Sentencia Condenatoria
Partes: PENADO: JOEL JOSE GUERRERO VIELMA, VÍCTIMA: EL ORDEN PÚBLICO, DEFENSA: PÚBLICA PENAL NRO. 10, ABOGADO BELKIS ALVARADO DE BURGUERA, FISCALÍA 13° DEL MINISTERIO PÚBLICO
Resumen:
Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 03-3-2.006, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 4 (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio (289) al (297) de las actuaciones, mediante la cual condenó al ciudadano JOEL JOSE GUERRERO VIELMA, titular de la cédula de identidad nro. V-17.521.215, a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal reformado, más las penas accesorias de Ley correspondientes, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a EJECUTAR dicha sentencia condenatoria, en los siguientes términos:
Juez/Ponente:
Hugo Javier Rael Mendoza
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
N° Expediente :
LP01-P-2005-009389
N° Sentencia :
Fecha: 24/03/2006
Procedimiento: Ejecucion De Sentencia
Partes: PENADO: NEHEMIAS JOSE CACERES ORTIZ Y YEFRILOY JOEL HERRAN SOSA
Resumen:
procede este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley a ejecutar la misma.
En consecuencia, se designa el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, como el lugar donde los penados cumplirán la pena impuesta, y se hace el cómputo de pena correspondiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
En este sentido, se evidencia de las actas procesales que los penados fueron detenidos en fecha trece (13) de septiembre de 2005, permaneciendo en tales circunstancias hasta el día de hoy, veinticuatro (24) de marzo de 2006, es decir, que los mismos han estado detenidos por un lapso de seis (6) meses y once (11) días, el cual deberá descontarse de la condena conforme al artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera que les queda por cumplir un rem.....
Juez/Ponente:
Gustavo Curiel
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución