DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, 0rdinal 5°, 422 del Código Penal, 48 numeral 8°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de HUGO ALFONSO DURAN GARNICA, venezolano, de 64 años de edad, casado, educador, titular de la cédula de identidad No. 9.391.249, de 49 años de edad, residenciado en la calle 10, No. 15-129, Barrio San Isidro, El Vigía Estado Mérida, y LUIS MANUEL ACEVEDO DURAN, colombiano, soltero, de 49 años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° E.-81.654.989, residenciado en el Sector Caño Amarillo de Onia, .....