DISPOSITIVA
En virtud de la consideraciones anteriormente señaladas este Tribunal de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación y la pruebas presentadas por el Ministerio Público. SEGUNDO: Se acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de Un año a favor de LIBARDO MÁRQUEZ BUSTAMANTE, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.022.612, natural de El Vigía, estado Mérida, nacido en fecha 06-08-76, de 30 años de edad, soltero, agricultor y músico, estudio hasta primer año de bachillerato, domiciliado en el Sector 12 de Octubre, Barrio Villa Milenio, bajando a la tercera cuadra a mano derecha, cerca de la Bloquera La Blanca, vía el Ancianato, El Vigía, Teléfono 0414-7440440), por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 17 de La Ley.....