Dispositiva.
Con fuerza en la argumentación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1°. Conforme al artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, absuelve al ciudadano Eduardo Ignacio González Toro, venezolano, nacido en fecha 14.07.81, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.223.903, de estado civil casado, Técnico Superior en Hotelería, domiciliado en el Sector Pueblo Viejo, Calle Las Palmas, casa N° 25, Lagunillas, Estado Mérida, el cual fue defendido por el profesional del Derecho, abogado Eudes Sosa, de la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Mérida, por el delito de Lesiones Intencionales Gravísimas, previsto en el artículo 414 del Código Penal, en perjuicio de Mario José Toro Carmona.
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