este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: El Tribunal considera que efectivamente se han cometido un hecho punible, perseguible de oficio, que merecen pena corporal y cuya acción penal no está evidentemente prescrita como es el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO,en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, razón por la cual, quien aquí decide acuerda: PRIMERO: Se declara con lugar la Solicitud de la Representación Fiscal de la Aprehensión en Calificación de Flagrancia contra el imputado investigado ELIAS JOHAN FLORES APONCIO, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, tal como fue expuesto en el día de hoy, por la Representación Fiscal. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimient.....