Por las fundadas razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1°, 494 y 495 del actual Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA A FAVOR DE LA PENADA IRIS COROMOTO DUGARTE MALDONADO, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltera, doméstica, nacida el 04-3-66, titular de la cédula de identidad nro. V-9.475.353, quien se encuentra actualmente en libertad, estableciéndose como régimen de prueba, el mismo tiempo que le resta por cumplir de la pena, que es de: CUATRO (04) MESES y DOCE (12) DÍAS, lapso que comenzará a correr a partir de la fecha en que comparezca ante éste Tribunal a darse por notificada de la presente decisión y suscriba la respectiva acta co.....