Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer la acción de DIVORCIO, incoado por los ciudadanos CARLOS FAVIAN ARAQUE VIELMA y ISBELIA JACQUELINE SANCHEZ MOLINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares con la cédulas de identidad N° 13.649274 y 8.042.883 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistida por la abogada MARIA GABRIELA CASTILLO CASTILLO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 248.751, de conformidad con los artículos 60 y 895 del Código de Procedimiento Civil y acogiendo la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, en fecha 2 de abril del 2009, del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena .....