este Juzgado de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir de conformidad con el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera: El Tribunal considera que efectivamente se ha cometido un hecho punible, perseguible de oficio que merece pena privativa de libertad y el cual no está evidentemente prescrito como es el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, razón por la cual, quien aquí decide acuerda: PRIMERO:Se declara con lugar la Solicitud de la Representación Fiscal de la Aprehensión en Calificación de Flagrancia contra el imputado CARLOS ENRIQUE ZAMBRANO RAMIREZ. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se acuerda la remisión de las actuaciones a.....