EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del investigado YONNY FARIAS por la presunta comisión de los DELITOS DE VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, en perjuicio de la Victima CARMEN JAQUELINE PEÑA ORTEGA, SEGUNDO: En vista que ha sido establecido por la Sala Constitucional en ponencia de la doctora CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, en sentencia Nº 272, de fecha 15-02-2007, que la flagrancia y el procedimiento establecido en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, no encuadra dentro de la tipología de flagrancia tradicional y el procedimiento a seguir es un procedimiento especial. Se ordena la aplicación de las reglas del procedimiento especial contenido en la sección sexta del capítulo IX de la Ley .....